A partir del 1 de enero de 2025, la entrada en vigor de la nueva orden de cotización para autónomos supondrá cambios importantes en el sistema de cálculo de las prestaciones. Esta reforma, diseñada para ajustar las cotizaciones a los ingresos reales de cada trabajador por cuenta propia, tendrá un impacto directo en la cuantía de las prestaciones por cese de actividad, jubilación, incapacidad temporal y otras. Con el objetivo de que los autónomos puedan planificar su futuro, a continuación, se detallan los principales cambios y sus implicaciones.
¿Cómo quedarán las prestaciones en 2025?
La principal novedad del nuevo sistema es que las cotizaciones de los autónomos se vinculará muy estrechamente con sus ingresos reales. Esto significa que aquellos que obtenga, mayores beneficios, deberán cotizar por una base más alta, lo que, a su vez, se traducirá en prestaciones más elevadas en caso de necesitarlas. Por el contrario, los autónomos con menores ingresos podrán cotizar por una base más baja, aunque también recibirán prestaciones más modestas.
Este cambio busca garantizar un sistema más justo y equitativo, en el que cada autónomo contribuya al sistema de la Seguridad Social en función de su capacidad económica y reciba prestaciones proporcionales a sus cotizaciones. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la transición a este nuevo sistema puede generar cierta incertidumbre entre los trabajadores por cuenta propia. La reforma de las bases de cotización afectará a todas as prestaciones del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), entre las que destacan:
- Prestación por cese de actividad: Se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora por la que cotizan los autónomos. En este caso, asciende al 70%, y se extiende entre cuatro y 24 meses, dependiendo de los meses que con anterioridad haya cotizado dentro del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
- Incapacidad temporal:Hay que aplicar un porcentaje sobre las bases de cotización, del 60% entre el cuarto y el vigésimo día de baja y del 75% a partir del día 21.
- Incapacidad permanente: Dependerá de la gravedad de esta.
- Prestaciones de maternidad o paternidad: Los que sean padres o madres, tienen derecho a recibir una prestación durante las 16 semanas que dure su baja. Sin embargo, la cuantía de esta corresponde al 100% de la base por la que hayan cotizado en el mes anterior al inicio de la baja.
¿Qué es la tarifa plana de los autónomos?
La tarifa plana de los autónomos es una cuota de 80 euros mensuales durante el primer año, si este se da de alta por primera vez. Durante el primer año, el trabajador por cuenta propia cotizará por el importe de la base mínima del tramo 1 de la tabla general de cotización. Por tanto, al importe de la tarifa plana habrá que añadirle la cotización correspondiente a este mecanismo, por lo que ascenderá a un total de 86,66 euros. No afectará a las prestaciones en el 2025.
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