Las pensiones contributivas, incluida la incapacidad permanente, subirán en 2026 en torno al 2,6 %, alineadas con el IPC. Se espera un incremento medio de 600 euros al año, tras la subida del 2,8 % aplicada en 2025. Los beneficiarios verán reforzada su prestación, aunque el dato definitivo de revalorización no se conocerá hasta noviembre de 2025. ¿Cuánto te afectará la subida? Dependerá del grado reconocido y de tu base reguladora.
Quién puede pedir la incapacidad permanente y factores que modifican la cuantía
¿Quiénes pueden solicitar esta prestación? Quienes acrediten una lesión o enfermedad que reduzca o anule de forma definitiva su capacidad laboral, estén en alta o situación asimilada y cumplan los periodos mínimos de cotización exigidos según edad y situación.
La cuantía se calcula desde la base reguladora: en la incapacidad total, se aplica el 55 %, y puede llegar hasta el 75 % para mayores de 55 años con dificultades de empleo. La gran invalidez incorpora, además, un complemento para cubrir la ayuda de tercera persona. Por tanto, edad, años cotizados y cargas familiares pueden elevar o ajustar la pensión. Una carrera con bases altas suele superar la mínima; trayectorias intermitentes tienden a quedarse más cerca del suelo.
Si nos centramos en las cifras, podemos destacar que con la estimación del 2,6 %, así quedarían las mínimas anuales de referencia en 2026. A continuación se comparan con 2025 para visualizar el salto previsto:
| Grado y situación | Mínima 2025 (€/año) | Estimada 2026 (€/año) |
|---|---|---|
| Gran invalidez con cónyuge a cargo | 23.678 | 24.295 |
| Gran invalidez sin cónyuge | 18.362 | 18.839 |
| Incapacidad absoluta con cónyuge a cargo | 15.786 | 16.197 |
| Incapacidad absoluta sin cónyuge | 12.241 | 12.560 |
Estos importes son orientativos y sirven de suelo, ya que la cuantía real depende de la base reguladora. En términos mensuales, la horquilla se mueve entre 1.040 y 2.025 euros, según el grado y si el pago se realiza en 12 o 14 pagas. De ahí que dos pensionistas con el mismo grado puedan cobrar distinto.
Cómo solicitar la incapacidad permanente ante el INSS y evaluación EVI
El reconocimiento no es automático. El procedimiento se tramita ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que exige documentación clínica y laboral. Primero, hay que verificar que cumples requisitos de cotización y de alta. ¿Cómo se inicia el expediente? Hay tres vías:
- Por el trabajador, con solicitud en la web o en una oficina del INSS.
- A propuesta de la Inspección Médica o de la mutua colaboradora.
- De oficio por el INSS, tras una baja prolongada o recaídas.
Después interviene el EVI (Equipo de Valoración de Incapacidades), que estudia el historial y emite un dictamen proponiendo el grado: parcial, total, absoluta o gran invalidez. Si el informe es favorable, el INSS dicta resolución con fecha de efectos y cuantía. En la mayoría de casos, el cobro arranca el mes siguiente al reconocimiento y la resolución puede ser temporal o revisable si hay cambios médicos. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras novedades en materia de pensiones.









