El Estatuto de los Trabajadores reconoce, en su artículo 37, el derecho de todos los empleados a disfrutar de permisos retribuidos en situaciones concretas. Junto a los catorce días festivos anuales y los treinta días naturales de vacaciones, el texto delimita cuándo es posible ausentarse del puesto sin merma salarial.
El marco ha cobrado actualidad tras los anuncios del Ministerio de Trabajo: el Gobierno pretende ampliar hasta diez días el permiso por fallecimiento de familiar e incorporar un permiso por cuidados paliativos. Además, el Congreso ha respaldado la reforma del Real Decreto Ley que amplía los permisos por nacimiento y cuidados.
Qué dice el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores sobre permisos retribuidos y ausencias justificadas
El artículo 37 regula permisos para atender circunstancias personales o familiares, siempre con aviso previo a la empresa y justificación cuando proceda. Entre los más habituales, el matrimonio o la inscripción de pareja de hecho dan derecho a quince días naturales ininterrumpidos, con posibilidad de iniciarlos el día anterior a la celebración. También se reconoce un día retribuido para asistir al enlace de familiares hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad, sin importar el día de la semana.
En caso de fallecimiento, el permiso alcanza cinco días naturales para familiares de primer grado. Para los de segundo grado, serán cuatro días, ampliables a cinco si el desplazamiento supera los 100 kilómetros. Por enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin ingreso, el permiso será de tres días naturales o de cinco si el traslado excede esa distancia. El trabajador puede decidir cuándo comenzar el disfrute mientras el familiar siga hospitalizado, con el justificante correspondiente.
La mudanza otorga un día de permiso retribuido, que pasa a dos si implica desplazamiento interprovincial. Quienes cursen estudios oficiales tienen derecho al tiempo necesario para presentarse a exámenes o pruebas de certificación, incluidas las convocatorias para el carnet de conducir; en turnos nocturnos, se podrá librar la noche anterior. También se contemplan permisos para consultas médicas, operaciones ambulatorias o acompañar a familiares con discapacidad cuando la cita coincida con la jornada laboral, con justificante salvo urgencia. Además, se reconocen permisos por deber público inexcusable y por voluntariado corporativo, con un máximo de dos días al año en actividades organizadas por la empresa durante la jornada.
Novedades del Ministerio de Trabajo y respaldo del Congreso sobre permisos por fallecimiento, cuidados y nacimiento
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha confirmado la intención del Gobierno de ampliar el permiso por fallecimiento de un familiar hasta diez días e incorporar un nuevo permiso por cuidados paliativos. En paralelo, el Congreso de los Diputados ha apoyado la reforma del Real Decreto Ley que amplía los permisos por nacimiento y cuidados, reforzando el marco de conciliación.
Estas medidas colocan el foco en la protección de situaciones familiares sensibles, y, de prosperar, ajustarían los tiempos de ausencia retribuida a realidades que requieren mayor cobertura.
El permiso de lactancia permite ausentarse una hora diaria, fraccionable en dos periodos o acumulable en jornadas completas. El nuevo marco amplía el permiso por nacimiento y cuidado del menor de dieciséis a diecinueve semanas, igual para ambos progenitores. De las tres semanas añadidas, una podrá disfrutarse durante el primer año del bebé o dentro de los doce primeros meses desde la adopción, guarda o acogimiento. Las otras dos semanas podrán utilizarse de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.
Este beneficio se aplicará con carácter retroactivo a familias con hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024. La Seguridad Social, por su parte, amplía la duración de la prestación por nacimiento y cuidado del menor para cubrir estos nuevos permisos, garantizando el 100% de la base de cotización. En nuestra sección de empleo encontrarás más artículos laborales de interés.