A finales de enero empiezan a aplicarse los incrementos fijados para 2026: en incapacidad permanente, la subida es del 2,7% en pensiones contributivas que se conceden a personas que no pueden trabajar total o parcialmente.
Al acabar enero, quienes ya cobran una pensión por incapacidad verán aumentada la cantidad que reciben. La revalorización se notará en la nómina, aunque la cuantía final depende del grado y de la situación personal.
Qué dice el Real Decreto-ley 16/2025 sobre la subida de las pensiones
El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, establece que las pensiones contributivas se incrementarán un 2,7% en 2026. Las pensiones no contributivas y el Ingreso Mínimo Vital crecerán un 11,4%. ¿Y por qué la incapacidad permanente sube un 2,7%? Porque se concede cuando una enfermedad o un accidente impide continuar la actividad laboral mientras se está trabajando y cotizando, así que entra en las contributivas.
La incapacidad permanente es una prestación destinada a proteger a quienes, tras recibir un tratamiento médico, presentan reducciones anatómicas o funcionales graves que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Estos son los tipos incluidos en las cuantías mínimas de 2026:
- Total: impide tu profesión habitual, pero permite trabajar en otra distinta.
- Absoluta: imposibilita cualquier trabajo o actividad profesional.
- Gran invalidez: además de no poder trabajar, necesitas ayuda de otra persona para actos básicos.
Tabla con mínimos de incapacidad total, absoluta y gran invalidez
A continuación se recogen las cuantías mínimas mensuales y anuales de 2026 según el tipo de incapacidad y las circunstancias del pensionista. La cifra exacta puede ser distinta, ya que depende de la base de cotización:
| Tipo | Situación | €/mes | €/año |
|---|---|---|---|
| Incapacidad total | 65 años, cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Incapacidad total | 65 años, sin cónyuge a cargo | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Incapacidad total | 65 años, cónyuge no a cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Incapacidad total | 60 a 64 años, cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Incapacidad total | 60 a 64 años, sin cónyuge a cargo | 875,90 € | 12.262,60 € |
| Incapacidad total | 60 a 64 años, cónyuge no a cargo | 827,90 € | 11.590,60 € |
| Incapacidad total | Enfermedad común, menor de 65, cónyuge a cargo | 690,20 € | 9.662,80 € |
| Incapacidad total | Enfermedad común, menor de 65, sin cónyuge a cargo | 690,20 € | 9.662,80 € |
| Incapacidad total | Enfermedad común, menor de 65, cónyuge no a cargo | 684,30 € | 9.580,20 € |
| Absoluta | Cónyuge a cargo | 1.256,60 € | 17.592,40 € |
| Absoluta | Sin cónyuge a cargo | 936,20 € | 13.106,80 € |
| Absoluta | Cónyuge no a cargo | 888,70 € | 12.441,80 € |
| Gran invalidez | Cónyuge a cargo | 1.884,70 € | 26.385,80 € |
| Gran invalidez | Sin cónyuge a cargo | 1.404,30 € | 19.660,20 € |
| Gran invalidez | Cónyuge no a cargo | 1.333,00 € | 18.662,00 € |
Si te preguntas cuál te corresponde, identifica tu grado y la situación que aparece en la tabla (con cónyuge a cargo, sin cónyuge a cargo o con cónyuge no a cargo). A partir de ahí, podrás comprobar el efecto de la subida del 2,7% cuando termine enero. Y si quieres conocer más noticias en materia de pensiones, accede a nuestra sección de prestaciones.








