La Comunidad de Madrid reanudará este tipo de ayudas que consistirán en una prestación económica para las familias que contraten a cuidadores de niños. Esta iniciativa se recuperará en este año nuevo 2025 y pretende dar soporte económico a familias que no nadan en la abundancia. Este programa tiene como objetivo hacer la vida familiar y laboral más fácil, cubriendo hasta 4.000 euros de los costes de estas contrataciones. El programa cumple ya con dos años desde su primera edición en el año 2023, y esta vez contará con una dotación de 3 millones de euros para este nuevo año 2025. Dependiendo de la renta per cápita, esta ayuda podrá cubrir hasta el 100% de las cuotas ingresadas, especialmente en familias con ingresos inferiores a 20.000 euros, o a 30.000 euros en el caso de ser monoparentales.
¿Quiénes pueden solicitarlo?
Podrán beneficiarse de estas ayudas las familias que contraten a personal para el cuidado de hijos menores de 12 años o hasta los 18 años si presentan algún tipo de discapacidad. También podrán solicitarla familiares dependientes que vivan en el mismo domicilio. Los requisitos para solicitarlo son los siguientes:
- Residir en la Comunidad de Madrid
- El empleador debe de tener una actividad laboral retribuida, ya sea por cuenta propia o ajena, a jornada completa durante el período subvencionable (con excepciones para casos de familias monoparentales, numerosas o con discapacidad).
- El contrato con el empleado debe ser escrito y registrado en la Seguridad Social, con una duración mínima de 58 días naturales dentro del período subvencionable.
Dependiendo de la renta per cápita, la ayuda podrá cubrir hasta el 100% de las cuotas ingresadas, especialmente en familias con ingresos inferiores a 20.000 euros o 30.000 euros en el caso de las familias monoparentales.
¿Qué exclusiones se pueden dar?
Estas ayudas no las podrán solicitar aquellas personas que se encuentren en las siguientes situaciones: excedencia, reducción de jornada por cuidado familiar, o en permiso de paternidad o maternidad, durante el período subvencionable. Este año se cumple el tercer año de estas ayudas. Los trabajadores contratados deberán realizar su labor en el domicilio del empleador, situado en la Comunidad de Madrid, quien deberá ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completa durante el periodo acordado. La tramitación de estas ayudas podrá hacerse desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2025 en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. Además, se priorizarán las rentas más bajas y las solicitudes se atenderán por orden de petición.
Ahora que ya sabes en qué consisten estas ayudas y cómo solicitarlas, puedes acceder a la sección de prestaciones de nuestro periódico digital especializado en la Comunidad de Madrid, para consultar esta y otras noticias relacionadas con este mismo artículo.