El Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid abre las ayudas a la natalidad y adopción para familias empadronadas con residencia legal, incluidas personas extranjeras. La convocatoria está vigente del 13-10-2025 al 31-12-2025 y cubre nacimientos o adopciones entre el 01/01/2024 y el 31/12/2025. 1.000 euros por cada menor, compatibilidad con otras ayudas y concesión directa si se cumplen los requisitos. El pago se realiza mediante transferencia bancaria.
Quién puede pedir las ayudas a la natalidad y adopción en Las Rozas y qué requisitos cumplir
¿Quiénes pueden solicitarlas? Podrán ser beneficiarias las familias o unidades de convivencia que cumplan las condiciones fijadas por el Ayuntamiento. A continuación te mostramos los requisitos principales:
- Haber tenido un hijo o hija por nacimiento o adopción entre el 01/01/2024 y el 31/12/2025.
- Tener residencia legal en España.
- Al menos uno de los progenitores o adoptantes empadronado ininterrumpidamente en Las Rozas de Madrid desde al menos un año antes del nacimiento o adopción y hasta la fecha de la solicitud.
- El menor debe estar empadronado con el solicitante en la fecha de la solicitud.
- No estar privado total o parcialmente de la patria potestad ni en situación de tutela institucional.
- También pueden solicitarla personas extranjeras empadronadas en el municipio con residencia legal, conforme a la Ley Orgánica 4/2000.
La solicitud debe presentarse debidamente cumplimentada ante el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid. Para tramitarla, se requiere: solicitud oficial; documento identificativo en vigor (DNI, NIE, pasaporte o Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión); libro de familia completo o documento acreditativo del nacimiento o la adopción; en caso de progenitores menores no emancipados, libro de familia adicional; certificado bancario de titularidad de la cuenta; y volante de empadronamiento familiar únicamente si se ejerce el derecho de oposición a su consulta. A continuación, un resumen de las claves de la convocatoria:
| Concepto | Detalle |
|---|---|
| Convocatoria | Del 13-10-2025 al 31-12-2025 |
| Periodo nacimiento/adopción | Entre el 01/01/2024 y el 31/12/2025 |
| Ámbito y organismo | Las Rozas de Madrid (Madrid). Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid |
| Cuantía | 1.000 € por cada menor |
| Compatibilidad | Compatible con otras ayudas de la misma finalidad |
| Concesión | Directa al cumplir requisitos; una ayuda por menor |
| Costes no subvencionables | No se han identificado de forma expresa |
| Resolución | Máximo tres meses desde el fin del plazo; silencio desestimatorio (art. 24 Ley 39/2015) |
| Pago | Transferencia bancaria |
Cuantía, criterios de concesión y resolución con silencio administrativo
La cuantía es de 1.000 euros por cada menor nacido o adoptado. La concesión es directa cuando se acreditan los requisitos, sin baremos adicionales, y no se han identificado gastos excluidos de forma expresa. El plazo máximo para resolver y notificar es de tres meses desde la finalización del plazo de presentación; si no hay notificación, la solicitud se entiende desestimada por silencio administrativo, conforme al artículo 24 de la Ley 39/2015. ¿Y si no te notifican en ese tiempo? Operará el silencio desestimatorio. Puedes conocer otras ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid accediendo a nuestra sección de prestaciones.









