La crisis de vivienda en grandes ciudades empuja al Gobierno a reforzar la protección de los arrendatarios. Con la reforma de la Ley de la Vivienda y el amparo del artículo 10 de la LAU, se permite prolongar el contrato aunque el propietario quiera terminarlo, siempre que el inquilino viva en la vivienda y esté al corriente de pagos.
Quién puede seguir en la vivienda y bajo qué condiciones exactas
¿Eres inquilino con contrato en vigor y te preocupa una subida unilateral? La prórroga automática te cubre si cumples estos puntos clave:
- Contrato activo de arrendamiento y residencia en el piso alquilado.
- Contrato firmado desde el 6 de marzo de 2019.
- Duración inferior a 5 años si el arrendador es persona física, o inferior a 7 si es persona jurídica.
- Pagos al día durante la vigencia del contrato.
Según el artículo 10 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, los contratos firmados desde el 6 de marzo de 2019 se prorrogan de forma automática. Esta protección alcanza a contratos de personas físicas con duración inferior a cinco años y, si el arrendador es persona jurídica, a los de hasta siete años, siempre con pagos en regla.
Tipo de arrendador | Límite de duración del contrato para prórroga | Posibilidad del propietario de denegar renovación |
---|---|---|
Persona física | Inferior a 5 años | Impedida si se cumplen las condiciones |
Persona jurídica | Inferior a 7 años | Impedida si se cumplen las condiciones |
En cristiano: si cumples, continúas en tu casa hasta completar el contrato prorrogado.
Cómo afecta esta medida a propietarios e inquilinos en grandes ciudades
El objetivo es frenar prácticas como rescindir un contrato para destinar la vivienda al uso turístico. En ciudades como Barcelona o Madrid, más del 27% de viviendas están orientadas al turismo; en Baleares, el porcentaje supera el 30%. De ahí que el Gobierno busque dar “cobijo” a los inquilinos en un mercado volátil y con precios en ascenso. ¿El choque? Mientras Vivienda asegura que “esta normativa garantiza estabilidad y frena la rotación constante de viviendas de alquiler”, los propietarios temen que proliferen los contratos más cortos para evitar problemas y poder fijar nuevos precios sin tantas restricciones.
La prórroga opera de forma automática si el contrato cumple los requisitos (fecha de firma, duración y pagos al día) y el inquilino reside en el piso. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana impulsa la medida, y la LAU (artículo 10) sustenta la prórroga que impide denegar la renovación por parte del propietario cuando se cumplen los condicionantes. Conoce otras gestiones inmobiliarias en nuestra sección de trámites.