El permiso climático retribuido permite a los trabajadores ausentarse hasta cuatro días al año cuando una alerta meteorológica hace peligroso el desplazamiento al trabajo.
CCOO recuerda que el Real Decreto-Ley 8/2024 recoge un permiso climático retribuido de hasta cuatro días al año para los trabajadores cuando una alerta meteorológica o un fenómeno adverso hace peligroso o imposible llegar al centro de trabajo. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, este permiso puede ser especialmente útil cuando las nevadas están obstaculizando el desplazamiento.
En qué situaciones de alerta meteorológica puedes usar el permiso climático
Este permiso permite faltar al trabajo si existe alerta roja o un riesgo grave e inminente para la seguridad en el traslado. El objetivo es evitar un desplazamiento que no sea seguro.
¿La duda más habitual? Si te van a descontar el día o te lo harán recuperar. Según lo recordado por CCOO, no: el permiso es retribuido y no conlleva devolución de horas. A continuación mostramos un resumen con los puntos más importantes de este Real Decreto-Ley:
| Punto clave | Qué significa |
|---|---|
| Cuándo puede usarse | Alerta roja o riesgo grave inminente en el traslado |
| Duración máxima | Hasta cuatro días al año |
| Efecto en la nómina | No hay pérdida de sueldo |
| Recuperación | No se recuperan horas |
CCOO vincula el permiso a dos supuestos: que exista una alerta roja o que haya un riesgo grave inminente para la seguridad durante el desplazamiento. Esto quiere decir que, si el temporal o el fenómeno adverso dificulta el acceso al lugar de trabajo y el traslado no es seguro, el permiso puede amparar la ausencia.
Cómo avisar a la empresa y justificar la imposibilidad de acceder al puesto
Aunque el permiso no requiere autorización previa, sí hay una obligación: avisar a la empresa lo antes posible y justificar la imposibilidad de acceso.
Después, y según evolucione la situación, la organización del trabajo podrá ajustarse, pero el permiso no debería traducirse en pérdida de salario ni en horas a devolver.
Si la naturaleza del puesto lo permite y la situación lo hace posible, el teletrabajo es una opción prioritaria. Ahora bien, hay casos en los que la empresa directamente no puede operar por la catástrofe o el episodio meteorológico. En ese escenario, CCOO recuerda la opción del ERTE por fuerza mayor: se suspenden contratos de forma temporal y el trabajador mantiene la prestación. Si quieres conocer más derechos laborales, accede a nuestra sección de empleo.








