Aplazamiento y fraccionamiento de deudas: requisitos y cómo solicitarlo

Fecha de publicación: 9 de noviembre de 2025 a las 19:57
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Gestiones de aplazamiento y fraccionamiento de deudas en la Agencia Tributaria.

Se pueden aplazar o fraccionar deudas en periodo voluntario o ejecutivo cuando la situación económico-financiera impida pagar en plazo. Aquí se detallan accesos, datos necesarios, domiciliaciones y cómo consultar el estado del trámite.

Las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento pueden presentarse por el propio obligado, como colaborador social o mediante apoderado. El medio de pago es la domiciliación bancaria, salvo excepciones específicas de NIF, y el proceso termina con “Firmar y enviar” para obtener la confirmación.

Quién puede solicitar el aplazamiento de deudas y con qué credenciales obligatorias

Pueden solicitarse aplazamientos en periodo voluntario o ejecutivo, previa solicitud del obligado, cuando de forma transitoria no pueda pagar en los plazos establecidos. El acceso requiere certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o eIDAS. ¿Detalle importante? Con Cl@ve solo se gestionan deudas propias. Si actúas como colaborador social o apoderado, deberás cumplimentar el NIF del obligado y pulsar “Aceptar” para continuar.

A continuación, un resumen de accesos y alcance permitido:

Tipo de accesoQué permiteDato clave
Cl@ve (como obligado)Tramitar solo deudas propiasPantalla para “Aceptar”
Certificado, DNIe o eIDAS (como obligado)Solicitar aplazamiento de deudas propiasContinuar tras “Aceptar”
Colaborador social o apoderadoTramitar para tercerosIndicar el NIF del obligado

Como ves, no tiene pérdida: valida el perfil y pasa a la pantalla de inicio para aceptar.

Cómo presentar varias deudas y datos que exige la solicitud

En una misma presentación se pueden gestionar hasta 5 deudas. Para ello, hay que cumplimentar la clave de liquidación (código que empieza por A seguida de 16 números) en la casilla “Deuda…”, seleccionar las que se quieran tramitar y pulsar “Aceptar”. Antes de firmar, el sistema solicitará estos datos:

  • Clave de liquidación e importe
  • Tipo de garantías (si fueran necesarias)
  • Datos de la domiciliación bancaria
  • Número de plazos y periodicidad
  • Fecha del primer plazo
  • Motivo de la solicitud

Tras cumplimentar la información, se continúa con “Aceptar”. En la siguiente pantalla, se puede “Firmar y enviar” para obtener la confirmación de la presentación.

Fechas de pago, domiciliación bancaria y consulta del estado del trámite

El medio de pago es la domiciliación bancaria, excepto para NIF que empiezan por E, H y U; en esos casos deben dejarse en blanco los datos de la cuenta. La fecha del primer plazo será el día 5 o 20 del mes de vencimiento del plazo o fracción, o el inmediato hábil siguiente. Además, según la Orden HFP/387/2023, de 18 de abril, se permite domiciliar en cuentas de entidades no colaboradoras dentro de SEPA; si es tu caso, selecciona la opción correspondiente en la domiciliación.

Una vez presentada la solicitud, hay que esperar a su tramitación. El obligado tributario puede consultar el documento de solicitud y el estado del expediente accediendo a “Gestión de aplazamientos como Obligado Tributario” o en los trámites de “Recaudación”. Si la presentación se ha hecho para un tercero, la consulta y descarga del documento solo será posible con representación específica o apoderamiento, entrando en “Gestión de aplazamiento como Representante” o en “Recaudación”. Por lo tanto, conviene revisar el acceso correcto antes de entrar.

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