Cuando un trabajador recibe el alta médica y aún no se siente recuperado, Juanma Lorente detalla cómo actuar: comunicar por escrito a la empresa el alta y la fecha de reincorporación, pedir los días de vacaciones acumulados para ganar tiempo de recuperación y, sobre todo, solicitar un reconocimiento médico que determine la aptitud. Según su explicación, el resultado puede ser apto, apto con limitaciones o no apto; en este último caso, caben recolocación o una indemnización de 20 días por año y derecho a paro.
Qué debe pedir el trabajador a su empresa tras el alta médica
¿Te han dado el alta médica y no estás en condiciones? Lorente insiste en notificar a la empresa y pedir, en el mismo escrito, medidas que ayuden a recuperarte sin perder tus derechos. Antes de la lista, un apunte: vale correo electrónico, mensaje o cualquier escrito que deje constancia.
- Comunicar por escrito el alta y la previsión de reincorporación.
- Reclamar los días de vacaciones acumulados, si los hubiera, para ampliar el descanso.
- Solicitar a la empresa un reconocimiento médico que determine si eres apto para volver.
Después, subraya lo esencial: “Si tu médico de cabecera te da el alta, pero tú no estás para trabajar, es importantísimo que le pidas esto a tu empresa”. La “petición más importante” es el reconocimiento médico de la empresa. Lorente lo resume con claridad: “Independientemente de que tu médico de cabecera te haya dado de alta, este reconocimiento médico va a comprobar si reúnes físicamente las condiciones para trabajar”. A continuación, se muestran de forma clara las posibles respuestas del reconocimiento y sus efectos principales:
| Resultado del reconocimiento | Consecuencia principal | 
|---|---|
| Apto | Reincorporación al puesto de trabajo. | 
| Apto con limitaciones | La empresa debe adaptar el puesto al estado de salud. | 
| No apto | Recolocación en un puesto totalmente diferente; si no hay, indemnización de 20 días por año y derecho a paro. | 
En palabras del abogado: “No puedes reincorporarte a no ser que la empresa te recoloque en un puesto totalmente diferente. Y si no hay ningún puesto para ti, vas a poder salir de la empresa con una indemnización de 20 días por año trabajado y con derecho a cobrar el paro”.
¿Qué pasa si no eres apto?
¿El reconocimiento dice que no eres apto? Entonces no procede la vuelta al mismo puesto. En primera instancia, la empresa debería ofrecerte un puesto totalmente distinto; si no existe, procede la salida indemnizada y con acceso a la prestación. Dicho rápido y claro: “Si te han dado el alta, te encuentras fatal y no te puedes reincorporar, por lo menos te vas de la empresa con una indemnización y con una prestación por desempleo”.
Deja constancia por escrito y solicita sin falta el reconocimiento médico. De ahí que este trámite marque la diferencia entre una alta médica segura, una adaptación del puesto o una salida con derechos. Puedes conocer otras gestiones sanitarias y laborales accediendo a nuestra sección de actualidad.
 
			 
 
    	









