AEPD multará a empresas por incluir a empleados en grupos de WhatsApp

Fecha de publicación: 14 de mayo de 2025 a las 20:31
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Pantalla de WhatsApp con opción “Nuevo grupo”, ejemplo de chat laboral que la AEPD puede sancionar por falta de consentimiento

El derecho a la privacidad de los trabajadores ha sido objeto de varias sentencias y resoluciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y de diferentes tribunales españoles. Según estas instituciones, una empresa no puede añadir a un empleado a un grupo de WhatsApp si este no ha prestado su consentimiento expreso, protegiendo así un dato tan sensible como el número de teléfono personal.

A día de hoy, se han dado casos en los que diversos empleadores obligaban a sus plantillas a usar grupos de mensajería instantánea, intercambiando instrucciones y horarios sin tener en cuenta el derecho fundamental a la desconexión digital. ¿Te interesa saber en qué supuestos es legal que te incluyan en un grupo laboral? A continuación, te lo contamos.

Motivos legales por los que tu empresa no puede añadirte a grupos de WhatsApp sin permiso

La AEPD determina que compartir tu número privado con un grupo de personas, sin tu aceptación previa, supone una infracción grave de la normativa de protección de datos. De hecho, varias sentencias han aclarado que el teléfono personal no es obligatorio para el desempeño de las funciones profesionales, salvo que el empleado haya accedido de forma libre y voluntaria a facilitarlo.

Entre las principales razones que esgrimen los tribunales para denegar este tipo de prácticas destacan:

  • Derecho a la intimidad: el número de teléfono es un dato personal protegido por ley.
  • Necesidad de consentimiento: si la empresa no cuenta con autorización expresa, no puede forzar al trabajador.
  • Posibles sanciones: la AEPD ha impuesto multas a empresarios por incluir a personal en grupos sin su permiso.

La importancia de la desconexión digital y su impacto en la vida del trabajador

¿Cuántas veces has recibido mensajes laborales fuera de tu horario? El derecho a la desconexión digital garantiza que, una vez finalizada la jornada, el empleado no está obligado a atender notificaciones relacionadas con su trabajo. Por tanto, formar parte de un grupo de WhatsApp sin consentimiento puede derivar en situaciones de estrés y vulneración de derechos.

Además, hay que tener en cuenta que la comunicación laboral no puede basarse exclusivamente en canales privados. Si la empresa necesita transmitir horarios o tareas urgentes, debe ofrecer métodos oficiales o proporcionar dispositivos que no comprometan la intimidad del trabajador.

Única excepción: cuando la empresa facilita un teléfono profesional para uso laboral exclusivo

La norma contempla un escenario en el que el empleado sí debe aceptar estar en un grupo de WhatsApp: si la empresa suministra un teléfono corporativo destinado únicamente a fines laborales. En estos casos, el número ya no se considera estrictamente personal, por lo que el trabajador podría estar obligado a recibir y enviar información a través de esta aplicación.

No obstante, a pesar de esta excepción, el derecho a la desconexión digital sigue vigente. Aunque sea un terminal corporativo, el empresario no puede exigir disponibilidad absoluta ni anular los tiempos de descanso.

Cómo reaccionar si te obligan a formar parte de un grupo sin tu consentimiento expreso

Si te ves en la situación de que tu jefe te añade a un grupo laboral sin haberlo aceptado, conviene actuar con prudencia. A continuación, se muestra una tabla con los pasos más recomendados:

Paso a seguirDescripción
1. Comunicar la negativaInformar por escrito al empleador que no deseas estar en el grupo.
2. Revisar la normativaConsultar la política de privacidad y las condiciones del contrato.
3. Pedir asesoramientoAcudir a un sindicato o a un abogado especializado si es necesario.
4. Presentar denunciaEn caso extremo, recurrir a la AEPD si se vulnera la protección de datos.

Estos pasos ayudan a defender tus derechos y a dejar constancia de tu postura. Recuerda que el consentimiento para formar parte de un grupo de WhatsApp debe ser libre y revocable en cualquier momento.

La ley y la jurisprudencia amparan el derecho del trabajador a preservar su privacidad. Salvo que la empresa proporcione un teléfono de empresa, no existe obligación de usar el número personal para cuestiones laborales. Por tanto, si quieres evitar problemas, lo recomendable es consultar la normativa, asesorarte bien y, en caso de duda, plantear tu situación a la AEPD o a profesionales legales. Consulta nuestras noticias a diario para conocer más información sobre empleo.

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