Si vives en Madrid, sabes que una terraza no es solo cuatro mesas: es casi la segunda sala de estar. El Ayuntamiento ha movido ficha y la Junta de Gobierno municipal ha aprobado, de forma definitiva, el proyecto de nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración. ¿El objetivo? Encajar el disfrute del aperitivo con el derecho al descanso y un uso ordenado de la ciudad, respetuoso con el medio ambiente, el patrimonio y la accesibilidad universal.
Tras este paso, el texto se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y se abrirá un periodo de enmiendas de diez días hábiles para todos los grupos municipales. Después, la comisión ordinaria del área de Gobierno lo elevará al Pleno municipal para su debate y aprobación definitiva antes de que acabe el año. Si todo sigue el guion, la norma entrará en vigor en enero de 2026.
¿Qué ha aprobado exactamente el Ayuntamiento de Madrid?
Según trasladó la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, el Ayuntamiento ha aprobado, de forma definitiva, el proyecto de una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos. El proyecto aspira a establecer un régimen jurídico completo y sistemático para regular la instalación y la actividad de más de 6.000 terrazas y más de 50 quioscos de hostelería y restauración en Madrid, así como todas las autorizaciones posteriores.
Tras la aprobación por la Junta de Gobierno, el texto se publicará en el BOAM y se abrirá un periodo de enmiendas de diez días hábiles para todos los grupos municipales. Después, la comisión ordinaria del área de Gobierno abordará esas enmiendas y, previa votación, elevará el texto al Pleno municipal para su debate y aprobación definitiva antes de que acabe el año. A continuación tienes el recorrido institucional, con las fechas tal y como constan en el proceso:
| Hito administrativo | Fecha o plazo indicado |
|---|---|
| Aprobación inicial del proyecto por la Junta de Gobierno | 31 de julio |
| Periodo de alegaciones de ciudadanos y entidades | Hasta el 10 de septiembre |
| Alegaciones recibidas | Más de un centenar |
| Incorporaciones tras alegaciones | 3 de particulares (técnicas, redacción y entrada en vigor) y 4 del sector (periodo de adaptación y flujos peatonales) |
| Publicación del proyecto en el BOAM | Tras la aprobación por la Junta de Gobierno |
| Enmiendas de los grupos municipales | 10 días hábiles |
| Comisión ordinaria del área de Gobierno (votación y elevación al Pleno) | Posterior a las enmiendas |
| Debate y aprobación definitiva en Pleno | Antes de que acabe el año |
| Entrada en vigor de la ordenanza | Enero de 2026 |
Este calendario se apoya en un proceso previo: la aprobación inicial se produjo el 31 de julio, con alegaciones hasta el 10 de septiembre. En ese tramo se presentaron más de un centenar de alegaciones, que fueron estudiadas y respondidas. Se incorporaron tres propuestas de particulares (asuntos técnicos, de redacción y sobre la entrada en vigor) y cuatro del sector de la hostelería (relativas al periodo de adaptación y a los flujos peatonales).
¿Qué regula la norma y a qué terrazas de Madrid afecta?
El texto cubre de forma integral la instalación y la actividad de las terrazas y quioscos, además de las autorizaciones que vayan surgiendo después. En consecuencia, afecta directamente a los titulares de más de 6.000 terrazas y más de 50 quioscos repartidos por la ciudad y, de rebote, a cualquiera que conviva con una terraza bajo casa o que disfrute de ella a diario.
Además, el proyecto asume la estructura de la ordenanza de 2013 actualmente vigente e incorpora contenidos esenciales de la modificación de 2022 (anulada por motivos formales). También añade lo más demandado por los madrileños en la consulta pública previa de 2024, junto con los pronunciamientos de la Comisión de Terrazas. Entra en nuestra sección de actualidad para conocer otras noticias de interés.









