Si se lleva a cabo la reforma de los subsidios marcada por el Ministerio de Trabajo, a partir del 1 de junio desaparecerán, del catálogo de ayudas del SEPE, 6 prestaciones, entra las que se encuentra el subsidio para mayores de 45 años. Esta medida apunta a modificar la estructura de estas ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal, quedando reducidos a 4 subsidios por desempleo. De ahí a que salten todas las alarmas, ya que cerca de 800.000 personas perciben cada mes el subsidio por desempleo en España.
Permanecerán los mismos requisitos y las medidas no tendrán carácter retroactivo
Los subsidios por desempleo del SEPE van a sufrir distintas modificaciones a partir del 1 de junio de 2024. Entre las novedades, destacamos el acuerdo de mejora de la protección asistencial de desempleo, ampliación de los colectivos y simplificación en el acceso a las prestaciones. En este sentido, se reducirán a 3 los subsidios, quedando los siguientes:
- Por insuficiencia de cotización
- Subsidio para mayores de 52 años
- Subsidio para emigrantes retornados.
Los subsidios que desaparecen a partir del 1 de junio son los de ayuda familiar, mayores de 45 años sin cargas familiares, la RAI, el de liberados de prisión, Subsidio Extraordinario de Desempleo (SED) y el destinado a personas con revisión de incapacidad permanente. La reorganización implica que dichas prestaciones pasan a ser gestionadas por la Seguridad Social a través del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
Con la reforma, ¿pierdo el subsidio por desempleo?
La respuesta es no. La norma establece que medidas no tendrán carácter retroactivo, es decir, los beneficiarios que ya disfruten de las ayudas seguirán recibiendo los ingresos con las mismas condiciones. Por lo tanto, la reestructuración solo afecta a los nuevos solicitantes. También hay que destacar que los requisitos para ser beneficiario seguirán siendo los mismos, como estar en situación legal de desempleo y no superar los límites de ingresos estipulados, entre otros.
Otra buena noticia de la reforma, es que se eliminará el mes de espera, pudiendo solicitar el subsidio por desempleo a partir del día siguiente desde que agota el paro, tal y como señala el Gabinete de Comunicación del Ministerio de Trabajo.
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