Si eres beneficiario del IMV, la Seguridad Social explica cómo puedes ganar más al mes, en diferentes cuantías, según las circunstancias personales del solicitante. En ese aspecto, recordemos que el Ingreso Mínimo Vital consiste en una ayuda no contributiva. La cual fue aprobada en mayo del año 2020 por el Gobierno central. El fin de la misma, es evitar el riesgo de pobreza y de exclusión social de determinados colectivos sociales. ¿Eres beneficiario de esta paga? Si cumples estos requisitos puedes ganar hasta 115 euros más cada mes.
El Ingreso Mínimo Vital: Una ayuda contributiva para combatir la pobreza
El Ingreso Mínimo Vital consiste en una prestación económica no contributiva, que facilita la Seguridad Social española a los colectivos sociales más desfavorecidos. Por lo tanto, se trata de garantizar el acceso a los alimentos o a los productos de primera necesidad a las personas que viven solas, o que están integradas dentro de unidades de convivencia, con escasos recursos económicos.
Por otra parte, para ser beneficiario del IMV, el solicitante debe demostrar en la oficina tramitadora de la administración, que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica. En ese aspecto, las cuantías mensuales de esta ayuda parten de los 565,37€ al mes en caso de una persona sola, hasta los 1.015€. Aunque esto depende de las circunstancias personales y familiares de la persona que lo solicita. Además, el importe mensual puede incrementarse hasta 115€ más si se añade el complemento a la infancia.
Puedes ganar más en el pago del IMV con el complemento a la infancia: Haz esto si no te lo dan de oficio
Si eres beneficiario del IMV puedes ganar más al mes si tienes hijos menores a cargo gracias al complemento a la infancia. Por ello, si cumples puedes ganar 115€ más al mes por cada hijo menor de 3 años que tengas a tu cargo. En ese aspecto, las cuantías varían en el caso de niños de 3 y 6 años (80,50€) o en el caso de menores de 18 años (57,50€).
En suma, debes saber que esta ayuda la concede de oficio la Seguridad Social. Es decir, que el beneficiario del Ingreso Mínimo Vital no tiene que hacer nada para que se la den. No obstante, si no te la han dado y crees que tienes derecho a beneficiarte de la misma, puedes realizar el trámite de forma telemática en la página web de la Seguridad Social, sin necesidad de certificado.
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