La región registra un incremento de 1.458 trabajadores afectados en los primeros cinco meses del año frente al mismo periodo de 2025.
El volumen de los despidos colectivos en Madrid ha experimentado una fuerte aceleración durante el arranque del presente ejercicio. Entre los meses de enero y mayo de 2026, un total de 4.091 empleados se vieron perjudicados por estos procedimientos de regulación en la autonomía. Esta cifra supone un incremento del 55,4% si se compara con el mismo intervalo del año previo, cuando el número de trabajadores afectados se situó en 2.633.
Esta tendencia alcista en la región madrileña contrasta significativamente con la evolución del empleo en el resto de España. Según el avance de la Estadística de Regulación de Empleo facilitado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social, la cifra global de personas afectadas por estas medidas en el país subió un 15,6%, situándose en 16.931 ciudadanos: de este modo, el ritmo de destrucción de puestos de trabajo en el territorio madrileño supera en más de tres veces el promedio estatal.
Qué provincias y comunidades acumulan más despidos colectivos en Madrid y el resto del país
En valores absolutos, ningún otro territorio autonómico incorporó a tantos asalariados a los registros de regulación laboral como Madrid respecto al año precedente. La administración madrileña contabilizó 1.458 damnificados adicionales, una cifra que la coloca por encima de la Comunidad Valenciana, que sumó 998 personas, y de Aragón, con un aumento de 712 operarios: esta subida coincide con una etapa de profundas reorganizaciones empresariales, focalizadas especialmente en el sector de los servicios y en actividades de gran relevancia para la economía local. Un ejemplo destacado de estas medidas es el expediente de regulación de empleo de la compañía Telefónica; este plan contempla la rescisión de unos 5.500 contratos en sus distintas filiales y mantendrá su calendario de aplicación activo hasta el año 2028.
A pesar del notable repunte de los despidos colectivos en Madrid, la autonomía todavía no ocupa el primer puesto nacional en cuanto a la cifra acumulada de trabajadores damnificados. Cataluña lidera esta clasificación con un total de 4.461 empleados afectados hasta el mes de mayo, aunque la evolución en este territorio es descendente, con una reducción de 958 personas en comparación con el ejercicio previo; debido a estos cambios, la brecha entre ambas regiones se ha reducido a solo 370 trabajadores de diferencia.
Cuándo se considera un despido colectivo según el Estatuto de los Trabajadores
Para comprender el verdadero impacto de estas métricas, resulta necesario analizar los límites jurídicos que regulan estos expedientes. El BOE Estatuto de los Trabajadores determina que una rescisión de contratos adquiere carácter colectivo cuando, en un margen temporal de 90 días, la medida afecta como mínimo a:
- Un total de 10 trabajadores en las empresas que tengan contratados a menos de 100 empleados.
- El 10% del número de trabajadores de la empresa en aquellas que tengan entre 100 y 300 empleados.
- Un mínimo de 30 trabajadores en las empresas que cuenten con más de 300 empleados en plantilla.
Asimismo, el marco legal vigente establece que si el proceso de despido colectivo implica a más de 50 asalariados, las compañías tienen el deber de facilitar un programa de acompañamiento social y recolocación externa adaptado a las condiciones de la plantilla. Para optimizar la tramitación y el seguimiento de estos expedientes de regulación, el servicio de SEPE Comunicación Previa de despidos colectivos ofrece una plataforma digital operativa de manera ininterrumpida para que las sociedades mercantiles declaren las suspensiones de contratos, reducciones de jornada y despidos colectivos.
La coyuntura laboral del momento actual presenta variaciones notables respecto a los registros cerrados del año anterior. Al concluir el ejercicio de 2025, la Comunidad de Madrid acumuló un total de 17.418 empleados afectados por expedientes de regulación de empleo. De este grupo, 10.638 personas correspondieron en exclusiva a la modalidad de despido colectivo.








