Los viajeros que vuelen desde el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas tendrán más protección ante retrasos, cancelaciones y problemas de asistencia cuando la reforma europea quede aprobada de forma definitiva.
El acuerdo alcanzado por el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo actualiza una normativa que llevaba más de dos décadas sin reformarse y mantiene el derecho a compensación desde las tres horas de retraso. El texto todavía debe ser adoptado formalmente tras la revisión jurídico-lingüística, por lo que sus efectos no serán inmediatos.
Madrid-Barajas será uno de los aeropuertos españoles donde más se notará el cambio por su volumen de tráfico. Aena cerró 2025 con 68,17 millones de pasajeros en este aeropuerto, récord histórico y un 3% más que el año anterior.
Cuándo podrá reclamar un pasajero por retrasos y cancelaciones de vuelos
La reforma mantiene la compensación económica por retrasos superiores a tres horas, cancelaciones comunicadas con menos de 14 días de antelación y denegaciones de embarque. Las cuantías previstas son de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para vuelos intracomunitarios o trayectos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para el resto.
Una de las novedades más relevantes está en la gestión de reclamaciones. Las aerolíneas deberán informar electrónicamente al pasajero en un plazo de 96 horas desde la llegada cuando exista una incidencia que pueda dar lugar a compensación. Además, tendrán que confirmar la recepción de la reclamación y responder en 30 días, ya sea abonando la indemnización o explicando de forma clara por qué la rechazan.
Para los viajeros de Madrid-Barajas, esto implica más claridad en los vuelos nacionales, europeos e internacionales cubiertos por la normativa. En España, AESA es el organismo competente para tramitar reclamaciones relacionadas con retrasos, cancelaciones, denegación de embarque y personas con movilidad reducida.
Cómo cambia la asistencia en Madrid-Barajas durante una incidencia aérea
El acuerdo europeo también concreta mejor la asistencia que deben prestar las compañías durante una incidencia. Los pasajeros tendrán derecho a refrigerios cada dos horas de espera, una comida tras tres horas y nuevas comidas cada cinco horas, con un máximo de tres al día. También se prevé acceso a internet y dos llamadas telefónicas.
Si la espera obliga a pasar una o más noches fuera, la aerolínea deberá facilitar alojamiento gratuito y transporte entre el aeropuerto y el hotel. Si la compañía no presta esa asistencia, el pasajero podrá organizarla por su cuenta y pedir después el reembolso.
La reforma refuerza además el derecho al transporte alternativo. Si hay cancelación o denegación de embarque y el viajero elige llegar cuanto antes a su destino, la aerolínea deberá ofrecer una ruta alternativa en tres horas, incluso con otro aeropuerto, otra compañía o un medio de transporte distinto, siempre a su cargo.
Más protección para personas con movilidad reducida y familias viajeras
Las personas con discapacidad o movilidad reducida ganan nuevas garantías. El texto reconoce derechos reforzados de asistencia, prioridad en el transporte alternativo y la posibilidad de viajar con equipos de movilidad y perros de asistencia sin tener que pagar seguros adicionales. También se prevé la sustitución gratuita del equipo de movilidad si se pierde o resulta dañado.
Las familias también se verán afectadas por la reforma. Los menores de 14 años deberán poder sentarse junto a su acompañante sin coste adicional, y las tarifas tendrán que mostrarse con mayor transparencia desde el inicio de la reserva, incluyendo el equipaje de mano para facilitar la comparación entre compañías.
El acuerdo aún debe recibir la aprobación formal del Parlamento Europeo y del Consejo antes de publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea. Según el Centro Europeo del Consumidor en España, las nuevas disposiciones entrarán en vigor doce meses después de su adopción definitiva.
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