La Justicia avala el despido de un directivo de baja por ansiedad que apareció en ferias de Alemania, Cannes y Córdoba

Fecha de publicación: 30 de junio de 2026 a las 18:24
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Director comercial de baja por ansiedad relacionado con viajes a ferias de animación en Alemania, Cannes y Córdoba

Un trabajador con un salario bruto de 78.000 euros alegó que sus actividades en ferias de animación eran compatibles con su baja médica. El TSJ de Cataluña rechazó su recurso al entender que esos actos profesionales rompían la buena fe contractual.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirmó el despido disciplinario de un director comercial de Investnet Work Ibérica que, tras un conflicto laboral y una incapacidad temporal por angustia, participó en varios eventos vinculados a una empresa familiar de animación digital. La sentencia 8006/2009, de 5 de noviembre de 2009, desestimó el recurso del trabajador y mantuvo la decisión del Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona.

Los viajes a Alemania y Cannes que la empresa incluyó en la carta de despido

El trabajador, economista y director comercial, prestaba servicios desde el año 2000 y percibía una retribución bruta anual de 78.000 euros. Además de su puesto en Investnet, colaboraba como productor ejecutivo en una sociedad familiar dedicada a la animación por ordenador, actividad que su superior conocía.

El conflicto comenzó cuando la empresa incluyó en la carta de despido varias ausencias que consideró injustificadas. Según los hechos probados, entre el 16 y el 19 de septiembre pidió libranza alegando que debía acompañar a su hijo a una excursión, aunque viajó al Cartoon Forum de Ludwigsburg, en Alemania, como representante de la empresa de animación. La sentencia precisa que esos días se disfrutaron como vacaciones pendientes.

Después, solicitó ausentarse del 13 al 17 de octubre por el ingreso hospitalario de su madre. Sin embargo, la compañía comprobó llamadas desde Francia y sostuvo que estuvo en el MIPCOM de Cannes, una feria internacional del sector audiovisual. Para entonces, ya había iniciado una incapacidad temporal por angustia vinculada a la situación laboral.

La conferencia en Córdoba durante la baja que inclinó el caso contra el trabajador

El tercer episodio señalado por la empresa ocurrió el 3 de noviembre de 2008. Ese día, el director comercial participó como conferenciante en Animacor, una feria de animación celebrada en Córdoba, con una ponencia titulada “El 3D en la animación”. Lo hizo en calidad de productor ejecutivo de la sociedad familiar.

El trabajador defendió que su médica de familia le había recomendado distraerse durante la baja. La resolución, sin embargo, recoge que no consultó con ella si era conveniente desarrollar esa actividad profesional para la empresa de animación. Para el tribunal, no se trataba solo de una ocupación lúdica o de descanso, sino de actuaciones con contenido empresarial y proyección comercial.

Por qué el TSJ de Cataluña consideró procedente el despido disciplinario

La Sala no aceptó que las ferias y conferencias pudieran entenderse como una simple terapia ocupacional. El razonamiento fue que acudir a eventos internacionales, intervenir como ponente y promocionar una actividad empresarial evidenciaba una capacidad incompatible con la baja alegada frente a su empleadora.

El Estatuto de los Trabajadores permite el despido disciplinario cuando existe un incumplimiento grave y culpable del trabajador, incluida la transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo. También establece que el despido procedente convalida la extinción del contrato sin derecho a indemnización ni salarios de tramitación.

Con esos elementos, el TSJ de Cataluña desestimó el recurso de suplicación del trabajador y confirmó la resolución que había rechazado su demanda por despido. La baja médica por ansiedad no impidió valorar las actividades realizadas fuera de la empresa, sobre todo al tratarse de tareas próximas a funciones de promoción y representación profesional. En nuestra sección de empleo podrás encontrar otras sentencias laborales de interés.

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