El Supremo aclara qué trabajadores no pueden cobrar el paro del SEPE en sus meses de inactividad

Fecha de publicación: 31 de marzo de 2026 a las 18:24
Síguenos
Tribunal Supremo y SEPE niegan el paro a trabajadores con jornada concentrada en ERTE

El Alto Tribunal establece que no existe derecho a paro si no hay pérdida real de salario, aunque el trabajador esté en ERTE durante los periodos sin actividad.

El Tribunal Supremo ha fijado que los trabajadores con contrato indefinido a tiempo parcial y jornada concentrada no pueden percibir la prestación por desempleo en sus meses de inactividad. El motivo es jurídico y económico a la vez: en ese tramo no se produce una pérdida efectiva de salario derivada del ERTE, que es el presupuesto que exige la Ley General de la Seguridad Social para reconocer el paro contributivo.

El Tribunal Supremo aclara cuándo no existe derecho a cobrar el paro en un ERTE

El caso parte de una tripulante de cabina de Air Europa con contrato indefinido a tiempo parcial y jornada concentrada. El Juzgado de lo Social estimó su demanda, el Tribunal Superior de Justicia confirmó ese criterio y después el SEPE recurrió en casación, hasta que el Supremo corrigió la interpretación y negó el derecho a la prestación en esos periodos sin actividad.

La base legal está en los artículos 262 y 263 de la Ley General de la Seguridad Social. La norma establece que hay desempleo total cuando el trabajador cesa en la actividad y queda privado de su salario, y añade que la prestación contributiva sirve para sustituir rentas salariales dejadas de percibir. Si no hay salario perdido en esos meses, no nace el derecho al paro.

Qué diferencia existe entre un contrato a tiempo parcial con jornada concentrada y un fijo discontinuo

Aquí está la diferencia decisiva. La ley sí reconoce expresamente la situación legal de desempleo durante los periodos de inactividad productiva de los trabajadores fijos discontinuos. Sin embargo, en los contratos indefinidos a tiempo parcial con jornada concentrada esa cobertura específica no aparece prevista para los meses en los que ya no había trabajo programado.

Por eso el Supremo insiste en que no se pueden equiparar ambas figuras. En esta modalidad contractual, la jornada anual se concentra en una parte del año y, fuera de ese periodo, la mera inactividad no convierte al trabajador en beneficiario automático del paro, ni siquiera por el hecho de estar incluido en un ERTE Covid.

Qué deben saber los trabajadores sobre el SEPE, la inactividad y la devolución de prestaciones

El SEPE puede revisar los expedientes reconocidos en esos meses y revocar la prestación si aprecia que no existía situación legal de desempleo. El organismo llegó a reclamar 4.590,20 euros al considerar que habían sido cobrados de forma indebida.

Antes de pedir el paro, el trabajador debe comprobar qué tipo de contrato tiene realmente. No es lo mismo ser fijo discontinuo que tener un contrato indefinido a tiempo parcial con jornada concentrada, porque de esa diferencia depende que exista o no cobertura del SEPE durante los meses sin actividad. Puedes acceder a nuestra sección de prestaciones para conocer los pormenores de otras ayudas disponibles.

Logo página de autor redacción Madridinforma

Madridinforma

Madridinforma es un diario digital enfocado en la Comunidad de Madrid, ofreciendo una amplia gama de noticias locales, empleo, formación y trámites administrativos. Desde su fundación, el sitio ha crecido hasta convertirse en una fuente importante de información para los madrileños, con una cobertura exhaustiva de temas que van desde ofertas de empleo hasta cambios en la normativa de tráfico y beneficios sociales, así como noticias de actualidad que ocurren en la Comunidad de Madrid. En resumen, Madridinforma se ha consolidado como un recurso esencial para la comunidad madrileña, proporcionando noticias relevantes y servicios útiles que facilitan la vida cotidiana de sus lectores.

Deja un comentario