La Comunidad de Madrid aprueba el Plan de Acción Contra el Ruido (fase IV) para ML2 y ML3 para prevenir molestias con mantenimiento, engrase y controles acústicos.
La Comunidad de Madrid ha aprobado el Plan de Acción Contra el Ruido (fase IV) del Metro Ligero Oeste para las líneas ML2 y ML3. No es un documento de grandes titulares, pero sí de efectos muy directos en el descanso y la convivencia cerca del trazado. ¿Lo más destacable? Se prioriza el control continuado frente a las obras de gran impacto.
El mapa de ruido en ML2 y ML3 confirma una situación bajo control
El plan se apoya en el Mapa Estratégico de Ruido elaborado con el método europeo CNOSSOS-EU. La conclusión de partida es que no existe población expuesta a niveles que superen los Objetivos de Calidad Acústica en ninguno de los periodos de evaluación, y tampoco se han detectado edificaciones sensibles que superen esos objetivos.
Con ese diagnóstico, el plan se centra en actuaciones técnicas y recurrentes sobre vehículos e infraestructura. En sistemas ferroviarios ligeros, el contacto rueda-carril y el estado del material rodante suelen estar detrás del ruido tonal y los chirridos, especialmente en curvas. Estas son las medidas principales que se recogen en el documento:
| Medida prevista | Qué incluye | Objetivo práctico |
|---|---|---|
| Mantenimiento correctivo y preventivo de ruedas | Revisiones y actuaciones sobre ruedas | Reducir desgaste y ruidos asociados |
| Mantenimiento de engrasadores fijos automáticos | Conservación y ajuste del engrase | Minimizar chirridos en zonas sensibles |
| Cambio gradual a engrase sólido continuo | Transición progresiva del sistema | Lograr lubricación más estable |
| Engrase manual de refuerzo cuando sea necesario | Intervenciones puntuales | Corregir incidencias específicas |
Aunque no sean medidas llamativas, se espera que den sus frutos.
Mediciones periódicas, control anual e información pública para comprobar resultados
La segunda pata del plan es el seguimiento: se prevén mediciones acústicas periódicas en zonas sensibles y mediciones anuales independientes para controlar el cumplimiento de objetivos. Si hay datos, hay comparación; y si hay comparación, es más fácil corregir.
Además, el documento pasó por información pública durante un mes tras una resolución de noviembre de 2025 y, según el texto, no se presentaron alegaciones. En el plano jurídico, se encuadra en la Directiva 2002/49/CE y en su transposición mediante la Ley del Ruido, con la finalidad de evaluar exposición, informar y aprobar planes de acción basados en resultados. Entra en nuestra sección de actualidad para conocer otras reformas y mejoras del Metro de Madrid.








