La ayuda al transporte público para personas desempleadas en formación sigue activa, con requisitos claros, exclusiones definidas y nuevas listas de beneficiarios en 2026.
Esta subvención se dirige a personas desempleadas que participan en acciones de formación profesional para el empleo financiadas con fondos públicos y busca sufragar desplazamientos en transporte público. El trámite permanece abierto y se gestiona como concesión directa. Además, figura una nueva publicación de beneficiarios con fecha 30/01/2026 para la primera quincena de febrero de 2026.
Qué cubre esta ayuda al transporte público para desempleados
El objetivo es echar una mano con los desplazamientos mientras realizas un curso presencial dentro de la formación profesional para el empleo financiada con fondos públicos. No es una convocatoria puntual, sino una ayuda estable en el tiempo, con tramitación de concesión directa.
La última actuación registrada es la publicación, el 30/01/2026, de una lista de beneficiarios correspondiente a la primera quincena de febrero de 2026. Si estás en el proceso, recomendamos que estés atento a estas actualizaciones porque indican que se están resolviendo expedientes.
Pueden ser beneficiarias las personas desempleadas que participan en acciones financiadas por la Dirección General competente. Pero hay exclusiones claras que dejan fuera a determinados perfiles, incluso aunque estén interesados en formarse. Aquí tienes un resumen con los datos más importantes de la ayuda:
| Punto clave del programa | Qué indica la información disponible |
|---|---|
| Personas beneficiarias | Desempleados participantes en acciones financiadas por la Dirección General competente |
| Personas excluidas | Trabajadores a tiempo parcial; fijos discontinuos en periodos de ocupación; demandantes en mejora de empleo; trabajadores del sector agrario; autónomos |
| Plazo de resolución | Máximo de un mes, con silencio desestimatorio |
Si estás como demandante en mejora de empleo o trabajas a tiempo parcial, ojo: esas situaciones aparecen expresamente entre las exclusiones.
Requisitos de la tarjeta de transporte, documentación y control de datos por la administración
En esta ayuda, estar inscrito como demandante no es suficiente por sí solo. Se exige cumplir varias condiciones a la vez:
- Estar desempleado e inscrito como demandante.
- Disponer de tarjeta de transporte.
- Realizar un curso presencial con duración mínima de 100 horas.
- Haber superado el 25% inicial de la acción formativa, según las condiciones del programa.
En cuanto a la documentación, se solicita, por ejemplo, una fotografía de la tarjeta de transporte. Y si la solicitud la gestiona la entidad formadora, debe existir una autorización específica.
Además, la administración puede consultar información como vida laboral, DNI/NIE o DARDE, entre otros datos. Por tanto, es importante que lo declarado en la solicitud sea coherente con esos registros.
La normativa citada vincula la financiación de esta ayuda, para el año 2026, al Consorcio Regional de Transportes de Madrid. Este encaje es relevante porque conecta la ayuda con el sistema de transporte público regional. Y no pierdas de vista los tiempos: el plazo máximo de resolución es de un mes. Si transcurre ese periodo sin respuesta, el silencio es desestimatorio. Para conocer otras ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid, accede a nuestra sección de prestaciones.








