Acuerdo para que alumnos de FP se formen en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales sin sustituir empleo

Fecha de publicación: 6 de febrero de 2026 a las 10:38
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Formación Profesional en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con alumnos en formación práctica

El BOE oficializa un acuerdo que permite a estudiantes de FP realizar su formación curricular en el ICAA con tutorización y garantías legales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica el convenio que permitirá a estudiantes de Formación Profesional (grados D y E) de centros públicos realizar su fase de formación en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales. La clave: formación curricular, tutorizada y con obligaciones claras en Seguridad Social y protección de datos.

El acuerdo, firmado entre el organismo estatal y la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, busca que el alumnado se forme en un entorno real del sector cultural, con un esquema de seguimiento y evaluación definido y con límites para evitar abusos.

El convenio publicado en el BOE impulsa la FP en el sector audiovisual público

La publicación del convenio formaliza que estudiantes de FP (grados D y E) puedan completar su fase de formación en empresa u organismo equiparado dentro del propio ICAA. Es una vía directa para conectar la formación con un entorno profesional vinculado a la cultura audiovisual.

Además, el documento introduce un enfoque práctico: no se trata de acuerdos genéricos, sino de una experiencia ligada al “corazón” del sector audiovisual público. De ahí que, para Madrid, se plantee como un paso con impacto en empleabilidad cultural, donde el primer contacto suele marcar la diferencia.

Uno de los puntos más relevantes del convenio es el mensaje que deja por escrito: la fase formativa tiene carácter curricular y, “en ningún caso”, debe entenderse como una práctica que sustituya puestos de trabajo ni que reemplace funciones del personal trabajador. En un momento en el que a veces se difumina la frontera entre prácticas y empleo, esta cláusula funciona como línea roja.

Requisitos del alumnado y cómo se organizará el seguimiento con tutores y evaluación

¿Quién puede acceder a esta fase formativa y cómo se controla que cumpla su finalidad? El convenio establece una organización ajustada a la normativa de ordenación académica, con resultados de aprendizaje, seguimiento y evaluación, y con tutores designados tanto por el centro educativo como por el organismo receptor. Estos son los puntos principales que se exigen y se ponen en marcha:

  • El alumnado debe tener al menos 16 años.
  • Debe haber superado formación en prevención de riesgos laborales.
  • Se establecen resultados de aprendizaje y un plan formativo conforme a la ordenación académica.
  • Habrá tutorización desde el centro educativo y desde el organismo receptor, con mecanismos de seguimiento y evaluación.

Con ello, la formación queda encuadrada como parte del itinerario oficial, con control y responsabilidad compartida en la supervisión.

Seguridad Social, seguros, datos personales y duración: las garantías que incluye el convenio

El texto aclara que el convenio no implica contraprestación económica entre las partes. Aun así, recuerda la obligación legal en materia de Seguridad Social para el alumnado en esta fase, cuya gestión y costes se atribuyen a la administración educativa.

También se detalla la cooperación en prevención de riesgos y se fija la cobertura de responsabilidad civil del alumnado, que corresponde igualmente a la Administración educativa. Por otro lado, se incluyen obligaciones estrictas de confidencialidad y tratamiento de datos personales conforme al RGPD y a la normativa española. A modo de resumen, el convenio deja estas garantías principales:

ÁreaQué fija el convenio
Naturaleza de la formaciónEs curricular y no sustituye empleo ni funciones del personal
Seguridad SocialObligación legal; gestión y costes a cargo de la administración educativa
Prevención de riesgosCoordinación y exigencia de formación previa en PRL
Responsabilidad civilCobertura del alumnado asumida por la Administración educativa
Datos y confidencialidadDeberes de confidencialidad y tratamiento conforme a RGPD y normativa española
Vigencia4 años, con opción de prórroga hasta otros 4 mediante adenda

En cuanto al seguimiento institucional, el convenio aparece suscrito por Emilio Viciana Duro e Ignacio Camós Victoria, y contempla la participación de Filmoteca Española en el esquema de seguimiento. Entra en nuestra sección de formación para conocer otras noticias educativas de interés.

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