El anteproyecto integra la asistencia personal en la cartera del SAAD, la eleva a derecho subjetivo y permite combinarla con otros apoyos para reforzar la vida independiente y la inclusión en la comunidad.
La asistencia personal deja de concebirse solo como una prestación económica y pasa a ser un servicio orientado a apoyar las tareas de la vida diaria, siguiendo un plan de actividades ajustado a la voluntad y preferencias de la persona. ¿Qué supone en la práctica? Más garantías, más flexibilidad y un papel central en la vida independiente.
La asistencia personal pasa de prestación económica a servicio estructurado del catálogo
El texto reformula la asistencia personal como servicio del sistema de dependencia, equiparándola a otros esenciales como la ayuda a domicilio o la teleasistencia avanzada. Las comunidades autónomas mantendrán margen para concretar su forma de provisión, lo que facilitará itinerarios de apoyo más estables y coordinados con otros recursos. Antes de seguir, así quedarán las dos modalidades de provisión previstas:
| Modalidad de provisión | Descripción breve |
|---|---|
| Servicio gestionado por entidades acreditadas | Prestación organizada por entidades con acreditación, integrada en itinerarios y planificación coordinada. |
| Apoyo económico directo para contratar asistente personal | Ayuda económica para que la persona usuaria contrate a su asistente personal. |
Esta doble vía busca adaptar la fórmula a las preferencias de cada persona y a la organización de cada territorio.
Compatibilidades con ayuda a domicilio, centro de día y teleasistencia para apoyo integral
Se elimina con carácter general la incompatibilidad entre prestaciones de dependencia. Por tanto, la asistencia personal podrá combinarse con ayuda a domicilio, centro de día o teleasistencia, configurando un “paquete” a medida. ¿Con qué objetivo? Que la asistencia personal complemente, y no sustituya, otros servicios ya reconocidos.
Derecho subjetivo y profesionalización con formación y acreditación de asistentes
La reforma impulsa la asistencia personal como derecho subjetivo: si se reconoce en el Programa Individual de Atención, la Administración deberá garantizar su provisión en las condiciones establecidas. Además, el anteproyecto la considera un “derecho clave” del sistema y refuerza el rol de asistentes personales profesionales, con formación y acreditación acordes al modelo de cuidados centrado en la persona.
Más control y seguridad y coordinación con los servicios sanitarios y sociales
Se introducen mayores exigencias de control y seguridad para quienes trabajan con personas dependientes, incluida la obligación de acreditar la ausencia de delitos sexuales en determinados ámbitos residenciales y de cuidados. Junto a ello, se prevé la coordinación entre servicios sociales y sanitarios para integrar la asistencia personal en una atención más integral.
Agilidad en casos vulnerables con prioridad por tiempo de espera y necesidad
Se establecen procedimientos de urgencia y menos burocracia en situaciones de especial vulnerabilidad, con el fin de acelerar el acceso a la asistencia personal cuando resulte determinante para evitar institucionalizaciones. Además, el tiempo de espera se incorpora como criterio de prioridad tras la capacidad económica, incentivando una resolución más rápida de expedientes. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas o derechos vigentes.








