El BOE recoge supuestos muy concretos en los que una deuda con Hacienda puede desaparecer o reducirse, pero solo si se cumplen ciertas condiciones.
Las deudas con la Agencia Tributaria no siempre empiezan con grandes cifras: a veces es un impuesto fuera de plazo o unos céntimos mal declarados. Y si se deja pasar, pueden llegar recargos o incluso un embargo.
Qué descubiertos económicos con Hacienda se anulan automáticamente
El BOE confirmó que las deudas inferiores a 3 euros generadas antes del 1 de junio de 2022 pueden quedar anuladas automáticamente, a raíz de una resolución firmada en noviembre de 2022. Aquí el contribuyente no tiene que solicitar ni justificar nada, ni de forma presencial ni por internet. Se eliminan y listo. Pero no pienses que te están haciendo un regalo, reclamar importes tan pequeños cuesta más dinero que lo que se recauda, así que se decidió borrar esos expedientes por eficiencia.
Desde 3 euros, la deuda ya sigue el curso habitual y Hacienda puede iniciar el cobro, aplicar recargos o incluso embargar si se ignoran los avisos. ¿Tu deuda está por debajo de 3 euros y se generó antes del 1 de junio de 2022? Entonces podría desaparecer sin que muevas un dedo.
La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar deudas públicas, pero con tope
Para situaciones más graves existe la Ley de la Segunda Oportunidad, aprobada en 2015 y reformada en 2022. Está pensada para quien no puede afrontar sus obligaciones y busca renegociar o eliminar parte de las deudas para recuperar estabilidad. Aquí no hay un perdón automático: hay que iniciar el procedimiento y demostrar que se cumplen las condiciones. Esto es lo que se exige:
- Tener deudas con al menos dos acreedores distintos.
- Demostrar que no existe capacidad económica para pagar.
- No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos diez años.
- Recordar que, en deudas públicas, la exoneración máxima conjunta para Hacienda y Seguridad Social es de 10.000 euros.
Aun así, cuando se inicia el procedimiento se paralizan embargos por impagos, el nombre desaparece de listas de morosos y vuelve a ser posible acceder a productos bancarios básicos, como tarjetas o pequeños créditos.
La reforma concursal aprobada en septiembre de 2022 también dejó claro que no todas las deudas pueden exonerarse: hay una lista de excepciones que no se perdonan bajo ninguna circunstancia. Si la deuda está en esas excepciones, deberá pagarse tarde o temprano. Accede a nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones tributarias.








