Nuevo control financiero: Hacienda recibirá datos detallados de tarjetas que muevan más de 25.000 euros

Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2025 a las 12:10
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Pago con tarjeta en comercio relacionado con el nuevo control financiero de Hacienda para movimientos superiores a 25.000 euros.

Desde el 1 de enero de 2026, Hacienda recibirá información detallada de los movimientos anuales con tarjeta que superen los 25.000 euros.

La nueva obligación de información financiera forma parte del Real Decreto 253/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 2 de abril, que actualiza el Reglamento de actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria para reforzar el control tributario ante el aumento de operaciones digitales.

Nueva obligación de información financiera de Hacienda para bancos y tarjetas

El Real Decreto introduce un nuevo artículo 38 ter que obliga a presentar una declaración informativa anual sobre los movimientos realizados con tarjetas de cualquier tipo. Abarca tarjetas de crédito, débito, débito diferido, dinero electrónico y tarjetas virtuales, e incluye el total anual de abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos.

Solo quedarán excluidas las tarjetas cuyo volumen combinado de cargos y abonos no alcance los 25.000 euros anuales. La obligación se extiende a entidades financieras españolas y también a sucursales o servicios de entidades extranjeras que emitan tarjetas a residentes en España. Los principales elementos de la medida pueden resumirse así:

Aspecto principalDetalle de la nueva obligación
Norma que la introduceReal Decreto 253/2025, BOE 2 de abril
Inicio de aplicación1 de enero de 2026
Ejercicio declaradoMovimientos del año 2026, a informar desde enero
Límite de movimientosMás de 25.000 euros anuales en cargos y abonos
Sujetos obligadosBancos, entidades de pago y emisores de dinero electrónico, además de sucursales de entidades extranjeras que emitan tarjetas a residentes en España

Así, quienes superen el umbral verán cómo sus movimientos con tarjeta formarán parte de la información estructurada que Hacienda podrá consultar de manera periódica.

Datos concretos que bancos y entidades deberán enviar a Hacienda cada año

Las entidades obligadas deberán remitir a la Agencia Tributaria un conjunto amplio de datos sobre cada tarjeta incluida en la declaración, con el fin de identificar correctamente las operaciones y a sus titulares. Entre la información que tendrán que facilitar se incluyen, de manera agrupada, estos datos:

  • Datos del contrato y de la tarjeta.
  • Identificación completa del titular y de otros usuarios.
  • Totales anuales de operaciones y cuenta bancaria vinculada, incluida el IBAN si lo hubiera.

El modelo de declaración se presentará de forma electrónica y será aplicable a la información correspondiente al ejercicio 2026, que se presentará a partir de enero de ese mismo año. Si una persona supera los 25.000 euros anuales en movimientos sumando pagos, cargos y abonos en su tarjeta, esa información será reportada de forma detallada a la Agencia Tributaria.

¿Supone esto un cambio en la forma de tributar o una revisión automática? La medida no introduce modificaciones en la tributación ni implica por sí sola una comprobación inmediata, pero sí permite a la Agencia Tributaria contrastar datos y reforzar la trazabilidad financiera en actividades susceptibles de riesgo. Entra en nuestra sección de actualidad para conocer todas las novedades en materia tributaria.

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