Un caso real de duplicidad sancionadora por exceso de velocidad muestra cómo el principio non bis in idem puede impedir que la Administración cobre una multa dos veces por el mismo hecho.
La Dirección General de Tráfico cerró 2024 con 5.413.507 denuncias tramitadas en las vías bajo su competencia, un 5,14% más que en 2023. Dos de cada tres estuvieron vinculadas a excesos de velocidad, con 3.440.530 denuncias por este motivo. En ese mismo año se registraron 1.785 víctimas mortales en 101.996 siniestros de tráfico en toda España.
Las multas de tráfico se disparan, pero algunas no deben pagarse nunca
Las autoridades insisten en que las sanciones tienen una finalidad preventiva y que buscan reducir la siniestralidad y fomentar una conducción responsable. Sin embargo, muchos conductores no tienen claro cómo gestionar las notificaciones o los plazos, y surgen dudas sobre cuándo una multa es correcta y cuándo no. Para entender la magnitud de la actividad sancionadora, basta con mirar algunos datos de 2024:
| Concepto | Dato 2024 |
|---|---|
| Denuncias totales tramitadas por la DGT | 5.413.507 |
| Denuncias por exceso de velocidad | 3.440.530 |
| Siniestros de tráfico en toda España | 101.996 |
| Víctimas mortales en siniestros de tráfico | 1.785 |
Estos números explican que aumenten las consultas en despachos y asociaciones, especialmente cuando el conductor sospecha que algo no encaja. En este contexto se sitúa la explicación de Miguel Ángel Mejías, abogado especializado en asesoría jurídica, que advierte de que “hay multas de tráfico que no tienes que pagar” y relata el caso real de uno de sus clientes.
Según cuenta, “A nuestro cliente le detuvieron por conducir a velocidad excesiva y, en el juicio, llegamos a un acuerdo con fiscalía para que la condena fuese menor”. Con esa resolución judicial parecía que el asunto quedaba zanjado. Pero, tal y como añade, “Pues, aun sabiendo esto, la Administración le ha enviado a nuestro cliente una multa de 600 euros para que la pague”, lo que provocó la sorpresa del afectado al entender que ya había cumplido con su responsabilidad.
El principio non bis in idem explica cuándo no pagar ciertas multas
Tal y como explica Mejías, “Existe en la ley y en la constitución, un principio que se llama non bis in idem, por el cual no te pueden condenar dos veces por el mismo hecho”. El abogado describe un supuesto en el que el conductor no debe abonar la sanción económica:
- Cuando existe una condena por conducir rápido por un delito y, aun así, se pretende imponer además una multa en vía administrativa por los mismos hechos, incluido el supuesto de saltarse el mismo radar en el mismo sitio y a la misma hora.
Esto quiere decir que, si ya hay una condena por conducir a velocidad excesiva como delito, no procede imponer después una multa administrativa por el mismo comportamiento, ni repetir la sanción por el mismo radar, en el mismo lugar y en la misma hora.
Por eso, cuando llegue una notificación de multa, resulta recomendable comprobar si se corresponde con hechos ya juzgados o sancionados, para evitar pagar lo que no corresponde. Esta, y otras sanciones de tráfico, las desglosamos en nuestra sección de motor.








