Los trabajadores que sufran un accidente laboral y no obtengan una incapacidad permanente pueden recibir una compensación económica, con importes que pueden alcanzar alrededor de 9.500 euros, según el daño reconocido.
En 2024 se registraron casi 650.000 accidentes de trabajo. Cuando tras el siniestro quedan secuelas definitivas, pero no lo bastante graves como para reconocer una incapacidad permanente, la Ley General de la Seguridad Social permite solicitar una indemnización a tanto alzado ligada a la lesión concreta.
Quién puede cobrar indemnización por accidente laboral sin incapacidad permanente reconocida
El artículo 201 de la Ley General de la Seguridad Social reconoce una indemnización por lesiones, mutilaciones o deformidades definitivas derivadas de accidente de trabajo o enfermedad profesional que no llegan a constituir incapacidad permanente, pero sí reducen la integridad física del trabajador.
¿Quién puede acogerse a esta compensación? Los empleados que, tras un accidente laboral o una enfermedad profesional, presenten una lesión invalidante incluida en la normativa y reconocida como tal. La Orden ISM/450/2023 recoge un listado cerrado de 110 lesiones posibles. El requisito básico para optar a esta prestación es:
- Haber sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional con secuelas definitivas que no lleguen a incapacidad permanente, pero que estén incluidas entre las 110 lesiones reconocidas en la Orden ISM/450/2023.
El caso se valora a través del Equipo de Valoración de Incapacidades. Con su diagnóstico, la Mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social analizan la situación y deciden si procede el pago y qué importe corresponde según el cuadro de lesiones.
Importes de la indemnización y principales lesiones por accidente laboral recogidas en la normativa actual
La normativa contempla indemnizaciones elevadas para determinadas lesiones graves, con importes que varían según el tipo de daño. Entre las que cuentan con cuantías más altas se encuentran la pérdida de la nariz, la pérdida total del pene o la pérdida de los dos ovarios. Para hacerse una idea de las cuantías, estos son algunos ejemplos orientativos de lesiones y su indemnización:
| Lesión reconocida | Importe aproximado de la indemnización |
|---|---|
| Pérdida de la nariz | 9.512 euros |
| Pérdida total del pene | 8.158 euros |
| Pérdida de los dos ovarios | 7.643 euros |
| Pérdida de un riñón | 5.103 euros |
| Anquilosis de rodilla en posición favorable | 3.438 euros |
Además de estas, la tabla oficial incluye otras muchas situaciones: pérdida de una o dos mamas, daños en glándulas como la tiroides, las paratiroides o el páncreas, pérdida de dedos de la mano o rigideces en las articulaciones del pie. Los importes van desde algo más de 500 euros hasta esas cuantías cercanas a 9.500 euros.
Cómo tramitar la indemnización por lesiones invalidantes tras accidente laboral sin incapacidad permanente
El procedimiento para acceder a esta indemnización arranca con el reconocimiento de la lesión como definitiva. A partir de ahí interviene el Equipo de Valoración de Incapacidades, que elabora un diagnóstico sobre las secuelas. Con ese informe, la Mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social determinan si la lesión encaja en alguna de las 110 recogidas y aplican la cuantía fijada en la Orden.
El pago se realiza siempre en un único abono a tanto alzado. Sea cual sea el importe final, se abona de una sola vez al trabajador, en función de la lesión reconocida.
Si se demuestra que la empresa no cumplió con las medidas de seguridad, puede aplicarse un recargo de entre el 30% y el 50% sobre la indemnización. Esto quiere decir que, en caso de negligencia empresarial, la cuantía final puede aumentar de forma notable. En nuestra sección de empleo podrás conocer más novedades en materia de bajas.








