Aún estás a tiempo de ajustar aportaciones y deducciones para rebajar la factura del IRPF de la Renta del próximo año

Fecha de publicación: 27 de noviembre de 2025 a las 10:37
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Ministra de Hacienda en rueda de prensa sobre medidas fiscales para reducir el IRPF.

Los contribuyentes aún están a tiempo de aplicar aportaciones, deducciones y ajustes en vivienda, coche eléctrico o inversiones para rebajar el IRPF de 2026.

En la primavera de 2026 llegará el momento de presentar el IRPF de este año, pero el verdadero margen para ahorrar impuestos se juega ahora, antes de que acabe 2025. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que hay numerosas decisiones, relacionadas tanto con inversiones como con la vivienda o el salario, que pueden ayudar a reducir la cuota tributaria si se toman antes de fin de año.

Aportaciones a planes de pensiones y otros productos para rebajar IRPF

En la actualidad, la obligación de presentar la declaración de la Renta se fija en unos ingresos superiores a 22.000 euros anuales para asalariados con un solo pagador. En el caso de tener dos o más pagadores, el límite baja a 15.876 euros anuales.

Aunque pueda parecer que la campaña de la Renta de 2026 queda lejos, para quienes superan estos umbrales el momento de actuar es ahora. Por lo tanto, cualquier decisión que afecte a planes de pensiones, vivienda, coche eléctrico, donativos o inversiones debe cerrarse antes de que termine 2025 si se quiere que tenga efecto en la próxima declaración.

La OCU subraya el papel de los planes de pensiones como herramienta interesante para quienes obtienen rentas del trabajo, de actividades profesionales o empresariales y de alquileres de inmuebles, siempre que también tengan ingresos de los dos primeros tipos.

Las cantidades aportadas a planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y seguros privados de dependencia reducen la base imponible general con un límite doble: el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos en el ejercicio, o 1.500 euros anuales. Esta última cifra puede incrementarse en 8.500 euros en el caso de aportaciones a planes de empresa.

Vivienda, obras de eficiencia energética, hipoteca y otras deducciones

La vivienda es otro de los grandes frentes para ahorrar impuestos. Los contribuyentes que en 2025 realicen obras de mejora de la eficiencia energética en su vivienda unifamiliar o en su comunidad de propietarios pueden deducir el 60% de lo pagado, descontando las ayudas públicas, sobre una base máxima de 5.000 euros.

Eso sí, las obras deben cumplir varias condiciones: reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable o lograr una clasificación energética A o B; no haberse pagado en metálico; y contar con un certificado de eficiencia energética antes de las obras y otro posterior, registrado y emitido antes del 1 de enero de 2026.

Otra deducción ligada a la vivienda es la amortización de la hipoteca. Quienes compraron su vivienda habitual de forma financiada antes del 01/01/2013 pueden aplicar una deducción del 15% sobre lo pagado en 2024 por el préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración. Si la suma de las cuotas no alcanza esa cifra y se dispone de ahorros, la OCU recomienda realizar amortizaciones anticipadas para llegar al límite. Estas son las principales ventajas fiscales:

Medida fiscalPorcentaje aplicadoLímite principal indicado en la normativa existente
Aportaciones a planes de pensiones y similaresHasta el 30% de rendimientos del trabajo y actividades1.500 € anuales, ampliables en 8.500 € en planes empresa
Obras de eficiencia energética en vivienda60% de lo pagadoBase máxima de 5.000 €
Amortización de hipoteca vivienda habitual15% de lo pagado por el préstamoHasta 9.040 € anuales por declaración
Compra de coche eléctrico nuevo15% de lo pagadoMáximo de 20.000 € (hasta 3.000 € de rebaja en IRPF)
Instalación de puntos de recarga particulares15% de lo pagadoMáximo de 4.000 €
Donativos a ONG y entidades sin ánimo de lucro80%, 40% o 45% según importe y continuidad80% primeros 250 €, resto al 40% o 45%

De esta forma, cada contribuyente puede identificar qué casillas tiene sentido activar según su perfil. En nuestra sección de trámites puedes conocer otras gestiones tributarias de interés.

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