¿Qué prestaciones pueden cobrar hoy los autónomos y qué sigue fuera de su alcance? Vuelven al debate con la negociación de las nuevas cotizaciones

Fecha de publicación: 21 de noviembre de 2025 a las 10:37
Síguenos
Documentos sobre prestaciones e ingresos de autónomos junto a una calculadora y un portáti.

Las últimas negociaciones sobre cotizaciones reabren el debate sobre la protección social de los autónomos y las prestaciones a las que realmente pueden acceder.

Las nuevas cotizaciones que se negocian han reabierto el debate sobre la protección social de los trabajadores por cuenta propia: el Estatuto del trabajo autónomo reconoce varias prestaciones, pero las asociaciones advierten de que persisten lagunas, sobre todo en el cese de actividad y en la jubilación.

Qué prestaciones tiene derecho a cobrar un autónomo en la actualidad

La Seguridad Social reconoce a los autónomos varias prestaciones, similares en parte a las del Régimen General. Prestaciones por incapacidad temporal o permanente, embarazo y lactancia, nacimiento y cuidado del menor, cese de actividad, jubilación y ayudas familiares como hijos a cargo, muerte o enfermedad grave de menores. Las coberturas existen, pero acceder a ellas no siempre es sencillo.

Cuando un autónomo enferma o sufre un accidente y no puede trabajar, puede cobrar la incapacidad temporal si tiene parte médico. La mutua o el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) abonan la ayuda, calculada sobre la base reguladora del mes anterior, con porcentajes que cambian según los días de baja.

En el riesgo durante el embarazo, la autónoma puede suspender su actividad y cobrar una prestación de la Seguridad Social cuando exista peligro para su salud o la del feto. También se protege el riesgo durante la lactancia natural con una ayuda del 100% de la base reguladora, ligada a la base de cotización, cuando el trabajo pueda afectar al bebé. Los autónomos tienen además derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor: 19 semanas de permiso y una ayuda equivalente al 100% de la base reguladora diaria, junto a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes. Las principales cuantías se resumen así:

PrestaciónCuantía indicada sobre la base reguladora
Incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral0% días 1-3; 60% del día 4 al 20; 75% a partir del día 21
Incapacidad temporal por accidente de trabajo o enfermedad profesional75% desde el día siguiente al inicio de la baja
Nacimiento y cuidado del menor100% base reguladora diaria y bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes

Prestación por incapacidad permanente, cese de actividad y otras coberturas clave

Además de las bajas temporales, los autónomos pueden acceder a la incapacidad permanente en condiciones similares a las de los asalariados, aunque con diferencias de gestión y cálculo que pueden traducirse en pensiones más bajas.

Más polémico es el cese de actividad, el llamado “paro” de los autónomos. La prestación protege a quienes se ven obligados a cerrar su negocio, pero exige requisitos tan rígidos que las asociaciones denuncian que casi nadie consigue cobrarla y, además, al cotizar por cese de actividad y no por desempleo muchos quedan fuera de los subsidios posteriores. UATAE y expertos como el profesor de Derecho del Trabajo Jesús Cruz reclaman una equiparación con los asalariados.

Además, el colectivo tiene reconocidas ayudas por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave, por muerte y supervivencia y por hijos a cargo.

La jubilación de los autónomos: pensiones más bajas y menos opciones

La jubilación es delicada para los autónomos. Antes de 2022, el 85% cotizaba por la base mínima; como consecuencia, la pensión media de jubilación es de 1.011,6 euros al mes frente a los 1.668,7 del Régimen General, es decir, 657 euros menos y casi un 39,4% de diferencia.

Los pensionistas del régimen de autónomos son también quienes más recurren a los complementos a mínimos por no alcanzar la pensión mínima establecida. Esos complementos se financian con fondos públicos y pueden llegar a autónomos con un elevado patrimonio, que pudieron ahorrar, pero optaron por cotizar por la base mínima.

A todo ello se suma que los autónomos no pueden acceder a modalidades como la jubilación parcial, la jubilación especial a los 64 años o la jubilación anticipada por cese involuntario. Desde nuestro portal informativo estaremos pendientes de todas las novedades que afecten a los autónomos, publicándolo en nuestra sección de prestaciones.

Logo página de autor redacción Madridinforma

Madridinforma

Madridinforma es un diario digital enfocado en la Comunidad de Madrid, ofreciendo una amplia gama de noticias locales, empleo, formación y trámites administrativos. Desde su fundación, el sitio ha crecido hasta convertirse en una fuente importante de información para los madrileños, con una cobertura exhaustiva de temas que van desde ofertas de empleo hasta cambios en la normativa de tráfico y beneficios sociales, así como noticias de actualidad que ocurren en la Comunidad de Madrid. En resumen, Madridinforma se ha consolidado como un recurso esencial para la comunidad madrileña, proporcionando noticias relevantes y servicios útiles que facilitan la vida cotidiana de sus lectores.

Deja un comentario