La nueva reforma asistencial aplaza hasta 2026 la obligación de declarar la renta para quienes cobren el paro o un subsidio del SEPE.
La reforma asistencial incorpora una nueva obligación para quienes cobran ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal: presentar cada año la declaración de la renta, aunque finalmente su aplicación se ha aplazado hasta 2026 y no afectará a la campaña de 2024.
Era una de las medidas más llamativas del nuevo sistema asistencial del SEPE, al afectar de lleno a las personas que reciben el paro o un subsidio. La norma vinculaba esta obligación a las prestaciones nacidas a partir del 1 de noviembre de 2024, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024, pero Trabajo decidió frenar su aplicación inmediata para corregir la situación de la última campaña de la renta.
Qué implica que el SEPE obligue a declarar la renta a todos los que cobren subsidio desde 2026
El nuevo Real Decreto-ley establece que todos los perceptores de prestaciones del SEPE, tanto paro contributivo como subsidios asistenciales, deberán presentar anualmente la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas ante la Administración Tributaria o el organismo foral que corresponda.
Esto quiere decir que rendir cuentas ante Hacienda será obligatorio por el simple hecho de cobrar una ayuda del SEPE. No se tendrá en cuenta ni el tiempo durante el que se percibe la prestación ni la cuantía, y tampoco si se alcanza o no el mínimo de ingresos que, en otros casos, marcaría la obligación de declarar.
En caso de no presentar la declaración, el Real Decreto prevé la suspensión inmediata de la prestación, que actualmente se sitúa en 570 euros, con una reducción progresiva con el paso de los meses. Además, el SEPE podría reclamar el reembolso de las cantidades abonadas si se considera que no se han cumplido las condiciones exigidas.
Desde cuándo y para qué prestaciones del SEPE será obligatoria la declaración de la renta anual
La redacción inicial de la reforma apuntaba a que la obligación de declarar se aplicaría ya en la campaña de la renta del ejercicio 2024. Sin embargo, el Ministerio de Trabajo emitió una Instrucción aclarando que la norma entró en vigor el 1 de noviembre de 2024 y que, durante los diez primeros meses de ese año, no existía obligación de tributar por estas nuevas prestaciones.
Por esta razón, se corrigió la dualidad que se había creado y se decidió que no se exigiría presentar la declaración de la renta de 2024 en 2025 por el hecho de cobrar el paro o un subsidio del SEPE. La instrucción se centró únicamente en esa campaña, dejando claro que la nueva obligación no se aplicaría de forma retroactiva a las ayudas ya en marcha.
Según la propia Administración, salvo cambio de norma, la nueva obligación se aplicará a partir de 2026, en las declaraciones correspondientes al ejercicio 2025. Desde el Gobierno se reconoce que se están estudiando alternativas, y se deja abierta la puerta a futuras modificaciones para evitar que el trámite perjudique en exceso a los beneficiarios de estas ayudas.
Una asesora de la Subdirección General de Prestaciones ha señalado que la obligación estará vigente en 2026, pero ha aconsejado revisar, cuando se acerque la campaña, la web del SEPE o de la administración tributaria correspondiente para confirmar si sigue en pie o se han introducido cambios. Entra en nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones en materia de prestaciones.








