Hacienda deja de reclamar deudas que no superen esta cuantía y blinda el Salario Mínimo Interprofesional en ciertas circunstancias

Fecha de publicación: 24 de noviembre de 2025 a las 07:31
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Documento de la Agencia Tributaria sobre deudas y aplazamientos junto a una portavoz en rueda de prensa.

La Agencia Tributaria deja sin efecto las deudas de menos de tres euros desde junio de 2022 y, además, el Salario Mínimo Interprofesional de 2025 (1.184 euros al mes en 14 pagas) no se puede embargar, lo que refuerza la protección de sueldos y pensiones más bajas.

Los contribuyentes pueden acumular deudas por IRPF u otros tributos sin darse cuenta. Saber qué importes se condonan, hasta dónde pueden llegar los embargos y cómo consultar tu situación ayuda a evitar sustos con la Agencia Tributaria. ¿Te has preguntado alguna vez si tienes “algo pendiente” con Hacienda?

Deudas inferiores a tres euros que Hacienda perdona según el BOE

Desde junio de 2022, la Agencia Tributaria deja de reclamar las deudas que no alcanzan los tres euros. Esta condonación figura en una resolución conjunta publicada en el Boletín Oficial del Estado por la Intervención General de la Administración del Estado y la Dirección General de la AEAT.

Gestionar y recaudar importes tan pequeños resulta más costoso que el ingreso que se obtiene. Por eso, cuando el importe pendiente es inferior a tres euros, la deuda se elimina y el contribuyente queda liberado de pagar esa cantidad concreta.

Además, el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 27.2, establece que ningún embargo puede dejar a una persona por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Esto se extiende también a quienes cobran una pensión, ya que se considera un rendimiento del trabajo a efectos de embargo.

En 2025, el SMI se sitúa en 1.184 euros mensuales en 14 pagas. A partir de esa cifra sí pueden embargarse importes aplicando los porcentajes correspondientes según la deuda, pero siempre respetando ese umbral mínimo. En resumen, la Administración puede retener parte de tus ingresos, pero no dejarte por debajo del SMI vigente.

Cómo consultar y pagar deudas con la Agencia Tributaria por internet

¿Quieres saber si realmente tienes deudas con la Agencia Tributaria? Existen dos vías: acudir de manera presencial a una oficina, con cita previa, o utilizar la Sede Electrónica para consultar tu situación en el apartado “Consultar deudas”. A través de la Sede Electrónica, el proceso es sencillo y permite revisar la información al momento y actuar sin esperas. Estos son los pasos a seguir:

  • Entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Acceder al apartado “Consultar deudas” e identificarse con DNI, certificado digital o DNIe.
  • Revisar el detalle de cada deuda: importe, concepto y situación.
  • Abonar el importe pendiente mediante la pasarela de pago disponible.
  • Descargar el justificante en PDF y guardarlo como resguardo.

Tras completar estos pasos online, el contribuyente puede comprobar que la deuda figura como pagada y conservar el justificante como prueba de que está al corriente. Si se prefiere, el pago también puede realizarse en oficina, solicitando cita previa y llevando la documentación necesaria.

Resumiendo que es gerundio, las deudas inferiores a tres euros se condonan y no se reclaman, mientras que el SMI de 2025, fijado en 1.184 euros al mes en 14 pagas, queda protegido frente a embargos. Si quieres conocer otras gestiones tributarias de interés, no dudes en acceder a nuestra sección de trámites.

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