Una ayuda oficial añade hasta 143,60 euros mensuales a jubilaciones y otras pensiones contributivas

Fecha de publicación: 17 de noviembre de 2025 a las 19:57
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Pareja de jubilados revisando documentos sobre el complemento de la Seguridad Social.

Un complemento de la Seguridad Social puede sumar hasta 140 euros mensuales a la pensión y miles de jubilados aún no lo han solicitado.

Miles de pensionistas pueden incrementar su pensión gracias a un complemento oficial de la Seguridad Social que compensa el impacto del nacimiento o adopción de hijos en la carrera laboral. Desde 2021, este importe mensual se puede añadir a pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, pero sigue sin estar presente en muchas prestaciones porque no se ha solicitado.

Qué es el complemento para reducir la brecha de género en pensiones contributivas de jubilación

Este apoyo económico es el complemento para la reducción de la brecha de género, un suplemento que se incorpora a determinadas pensiones contributivas. Su finalidad es compensar las desigualdades que han sufrido mujeres y, en algunos casos, hombres en su vida laboral tras tener hijos. El complemento se creó mediante el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, para sustituir al antiguo complemento por maternidad y adaptarse a criterios de igualdad entre hombres y mujeres.

Tiene una fecha concreta de aplicación: solo se reconoce en pensiones causadas a partir del 4 de febrero de 2021. Por lo tanto, no afecta a pensiones anteriores, aunque se cumplan el resto de requisitos. En 2025, la Seguridad Social fija la cuantía en 35,90 euros al mes por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Esto quiere decir que una persona con cuatro descendientes puede sumar 143,60 euros mensuales a la pensión contributiva. La cuantía mensual según el número de hijos reconocidos es la siguiente:

Número de hijos reconocidosImporte mensual del complemento en 2025
1 hijo o hija35,90 euros
2 hijos o hijas71,80 euros
3 hijos o hijas107,70 euros
4 hijos o hijas143,60 euros

Este importe no computa para el límite máximo de las pensiones ni para calcular los complementos a mínimos. Actúa como un extra real sobre la prestación ya reconocida.

Quién puede cobrar el complemento de brecha de género y en qué casos se reconoce

¿Quiénes pueden solicitar este complemento para elevar su pensión? Pueden acceder las personas que cumplan una serie de condiciones relacionadas con su pensión y con su situación familiar. Entre los requisitos básicos destacan:

  • Ser titular de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.
  • En el caso de los hombres, acreditar que su carrera profesional se vio afectada por el nacimiento o adopción de los hijos.
  • Recordar que solo uno de los progenitores puede percibir el complemento por los mismos hijos.

La forma de pedir el complemento se adapta a distintas situaciones. Se puede solicitar al mismo tiempo que la pensión contributiva, incorporándolo desde el inicio, o bien más tarde, cuando el pensionista detecta que cumple los requisitos, pero aún no lo tiene reconocido.

La vía más habitual es a través del formulario oficial disponible en la sede electrónica de la Seguridad Social. Desde ahí se tramita de manera telemática, aportando la documentación necesaria sobre la pensión y sobre los hijos inscritos en el Registro Civil.

Quien lo prefiera puede acudir de forma presencial, con cita previa, a cualquier Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), donde se orienta sobre la documentación que hay que presentar y se registra la solicitud. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas disponibles.

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