El Ayuntamiento de Madrid estrena una ayuda familiar compatible con otras subvenciones

Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2025 a las 07:21
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Bebé representando la ayuda familiar 2025 del Ayuntamiento de Madrid para fomentar la natalidad.

El Ayuntamiento de Madrid ha activado desde el martes 4 de noviembre una ayuda para familias con hijos nacidos o adoptados entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de agosto de 2026.

El Consistorio lanza por primera vez una ayuda directa de este tipo, enmarcada en el plan municipal del equipo de José Luis Martínez-Almeida para impulsar la natalidad y facilitar la conciliación. ¿Te preguntas si te corresponde, cuánto se cobra y cómo pedirla? Aquí te explicamos todo lo que necesitas saber.

Quién puede pedir la ayuda familiar del Ayuntamiento de Madrid y requisitos clave

La prestación está dirigida a familias madrileñas con hijos nacidos o adoptados dentro del periodo establecido. No se exige un nivel de renta específico; el Ayuntamiento podrá comprobar posibles duplicidades o irregularidades. El foco está en el empadronamiento y la situación legal. Te mostramos todos los requisitos a cumplir:

  • Ser españoles o extranjeros con residencia legal en España.
  • Estar empadronados en Madrid durante al menos los últimos cinco años.
  • No haber sido privados de la patria potestad del menor.
  • No estar incursos en las causas de prohibición de la Ley General de Subvenciones.
  • No se exige renta; podrán realizarse comprobaciones municipales.

El plazo general es de dos meses desde el día siguiente al nacimiento o adopción. Cuidado con esto: fuera de plazo, la solicitud queda excluida. Además, existe una disposición especial para quienes fueron padres entre el 1 de junio y el 3 de noviembre de 2025: en estos casos, los dos meses empiezan a contar desde el 4 de noviembre, primer día en que se puede pedir. Así nadie se queda atrás por el arranque de la convocatoria.

La convocatoria permanecerá abierta hasta el 31 de octubre de 2026, lo que da margen suficiente para tramitar, siempre respetando esos dos meses concretos tras cada nacimiento o adopción.

Importe de la prestación según número de hijos y compatibilidad con otras ayudas

La cuantía depende del orden de los hijos. En nacimientos o adopciones múltiples se puede presentar una solicitud por cada menor, lo que incrementa el apoyo en los primeros meses. Además, esta subvención es compatible con las de la Comunidad de Madrid y del Gobierno central. El Ayuntamiento ha reservado 17,3 millones de euros para esta primera edición, con posibilidad de ampliación si la demanda lo requiere. A continuación, el esquema de importes:

SituaciónImporte por hijo
Primer hijo500 euros
Segundo hijo750 euros
Tercero y siguientes1.000 euros

El procedimiento para solicitar la ayuda es sencillo y se articula a través de los servicios municipales. ¿Cómo se hace? De dos formas. Presencialmente, en cualquier Oficina de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid, donde se entrega la documentación y se registra la petición. O telemáticamente, rellenando el formulario disponible en la web municipal y enviándolo al Registro del Ayuntamiento sin desplazamientos.

En nuestra sección de prestaciones publicamos todas las ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid.

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