La Agencia Tributaria intensifica el control sobre las transferencias familiares para la compra de vivienda, que pueden considerarse donaciones encubiertas y acarrear fuertes sanciones.
La Agencia Tributaria puede considerar estas ayudas una donación encubierta si solo se hace una transferencia, reclamando el impuesto correspondiente con recargos e intereses. Abogados y entidades explican cómo formalizar préstamo o donación para evitar sustos.
Si dejas dinero a tu hijo o hija para comprar vivienda mediante una simple transferencia, te expones a una notificación de la Agencia Tributaria. Hacienda puede reclamar entre 7.000 y 9.000 euros, más recargos e intereses, al tratarlas como donaciones encubiertas.
Cómo evitar que Hacienda considere donación encubierta el dinero para vivienda
El abogado Manuel Requena advierte: «Si solo le haces una transferencia y no haces nada más, puede que tiempo después recibas una notificación de Hacienda con un importe por el impuesto de donaciones que no esperabas». De ahí la importancia de documentar.
Según Caja Rural de Asturias, un préstamo «requiere una devolución posterior del dinero que se ha dejado, con o sin intereses». En cambio, una donación es un «regalo» y obliga a pagar el impuesto de sucesiones y donaciones.
El préstamo entre familiares está reconocido en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (TPO), está exento, pero debe declararse para que no se califique como donación, cumplimentando el modelo 600.
| Concepto | Préstamo | Donación |
|---|---|---|
| Definición | Devolución del dinero, con o sin intereses. | “Regalo” de una persona a otra. |
| Tramitación | Préstamo entre particulares con plazo de devolución. | Escritura ante notario. |
| Impuestos/modelos | ITP (TPO); exento; declarar con modelo 600. | Impuesto de sucesiones y donaciones; presentar declaración. |
| Plazos | Según lo pactado; si sin intereses, justificarlo. | Declaración en los 30 días siguientes. |
Este resumen ayuda a decidir la vía adecuada.
Procedimientos y modelos para formalizar estas ayudas y evitar sanciones con Hacienda
¿Qué pasos seguir para no tener problemas? A continuación los detallamos:
- Donar: firmar ante notario y presentar el impuesto en 30 días.
- Préstamo: fijar importe y plazo; si es sin intereses, acreditarlo.
- Declarar el préstamo, exento, con el modelo 600.
- No hagas solo una transferencia: riesgo de donación encubierta.
En la Comunidad Valenciana, con escritura y declaración correctas, se pueden aplicar reducciones y pagar muy poco o nada. Si solo haces la transferencia, Hacienda puede cobrar unos 1.000 euros por el impuesto y añadir recargos y sanciones. No hay límite máximo para prestar a un familiar.
¿Y si no se devuelve? En condiciones normales podrían iniciarse acciones legales, aunque entre familiares a menudo el prestamista lo deja pasar. Como recuerda el letrado, «Una simple escritura puede ahorrarte miles de euros». Entra en nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones tributarias.








