Cambios en el SEPE: la ayuda del paro solo podrá compaginarse con empleo durante un tiempo determinado

Fecha de publicación: 31 de octubre de 2025 a las 07:31
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Oficina del SEPE con dinero en mano por los nuevos cambios para compatibilizar el paro con empleo.

Desde el 1 de abril, el SEPE activa el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), con el que los beneficiarios pueden compatibilizar el paro o el subsidio con un trabajo por cuenta ajena. ¿La clave? Un límite de ingresos (2.225 euros brutos mensuales, 31.500 anuales en 14 pagas) y cuantías decrecientes del complemento.

Quién puede compatibilizar el paro o el subsidio con empleo según el SEPE

Hasta ahora solo se podía compatibilizar con empleos a tiempo parcial. Desde la reforma, también con jornada completa, siempre por cuenta ajena. ¿Se puede a jornada completa? Sí, pero con límites de renta: el salario bruto mensual no puede rebasar los 2.225 euros (375% del IPREM). El trabajo por cuenta propia sigue sin poder compatibilizarse. Para la prestación contributiva (paro), se exigen al menos nueve meses de paro devengado y un derecho reconocido de 14 meses como mínimo. En el subsidio, el CAE también es compatible y tiene un tope temporal propio.

La cuantía máxima del CAE es de 480 euros al mes (80% del IPREM). En jornada completa, disminuye de forma progresiva hasta 120 euros (20% del IPREM) según el mes de prestación en que se cobra. Para media jornada, el mínimo baja a 90 euros. En el subsidio, también parte de 480 euros, pero el descenso se aplica por trimestres, con un mínimo de 30 euros.

Además, las rentas del empleo no computan para reanudaciones y prórrogas del subsidio. Si aun así no se cumple la carencia de rentas o cargas familiares, puede solicitarse prórroga dentro de los seis meses siguientes. Como advierte el SEPE: «Los días que percibas como complemento de apoyo al empleo se consumirán de la duración de tu subsidio, con independencia de la cuantía abonada».

Duración máxima permitida para compatibilizar y cómo se calcula según el momento de inicio del trabajo

El CAE puede cobrarse hasta 180 días por cada nuevo empleo (a tiempo completo o parcial). En el paro, la duración depende del mes en que se inicia el trabajo. Ojo: si agotas el máximo de 180 días y sigues trabajando, el subsidio puede suspenderse y reanudarse cuando vuelvas a estar en situación legal de desempleo. El CAE puede consumirse en una o varias relaciones laborales compatibles. A continuación, así queda la duración del CAE cuando se compatibiliza con el paro, según el mes de inicio del empleo:

Inicio del empleo con paroDuración del CAE
Mes 101 mes
Mes 112 meses
Mes 1290 días
Desde mes 13Hasta 180 días

En el subsidio, la compatibilidad tiene un máximo general de 180 días. ¿En qué supuestos no se puede compatibilizar?:

  • Con trabajo por cuenta propia, aunque no implique alta obligatoria en la Seguridad Social.
  • Con prestaciones contributivas económicas de la Seguridad Social.
  • Con empleos en empresas con ERE autorizado o en las que se haya trabajado en los 12 meses anteriores.
  • En relaciones laborales suspendidas por ERE o Mecanismo RED, o contrataciones que afecten a cónyuge y familiares (ascendientes, descendientes y otros parientes).

Por último, los mayores de 52 años ya podían compatibilizar su subsidio con trabajo a tiempo completo (indefinido o temporal de más de tres meses), siempre que mantengan la carencia de rentas (≤ 75% del SMI) y, cuando proceda, las responsabilidades familiares. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas.

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