Los trabajadores de este sector verán sus sueldos subir un 3,3 por ciento anual hasta 2026

Fecha de publicación: 15 de octubre de 2025 a las 15:18
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Trabajadoras del sector textil en taller de confección con subida salarial hasta 2026.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el nuevo convenio colectivo de la industria textil y de la confección. El texto contempla una subida del sueldo del 3,30% anual para 2024, 2025 y 2026 (un 9,90% en total), con efectos retroactivos al 1 de enero, y prevé un recargo por mora del 10% anual si, transcurridos 20 días desde la publicación, no se abonan los atrasos (artículo 52).

Detalles del convenio colectivo del BOE para la industria textil y de la confección

El pacto alcanzado por patronales y sindicatos el pasado mes de marzo incluye, además, una reducción de la jornada anual de 20 horas en los dos años restantes: diez en 2025 y otras diez en 2026, para las personas con jornada continuada. Asimismo, se amplía hasta 12 meses el contrato de circunstancias de la producción y se eleva la póliza de accidentes de 9.000 a 15.000 euros.

UGT FICA ha señalado que desde hoy las empresas del sector deben actualizar las tablas salariales de sus plantillas y abonar los atrasos generados desde el 1 de enero de 2024 para todas las personas trabajadoras incluidas en el convenio. Por este motivo, el artículo 52 establece que, una vez transcurridos 20 días desde la publicación del convenio, a las empresas que no hayan abonado los atrasos se les aplicará un 10% de recargo por mora anual.

En este sentido, el sindicato ha advertido que va a «permanecer vigilante» para verificar el cumplimiento del convenio en todos sus puntos y que «va a defender por todos los medios» los derechos de las personas trabajadoras en aquellas empresas que no lo cumplan.

Jornada, vacaciones, nóminas, sueldos y clasificación profesional en el nuevo convenio textil

El pago de las nóminas deberá realizarse antes del día 5 del mes siguiente, fijando un calendario claro para el abono mensual. Se incorporan nuevos criterios para la retribución de las vacaciones que incluyen los conceptos ordinarios y habituales. El acuerdo también contempla la modificación de la clasificación de personal, con fecha límite del 30 de mayo para alcanzar un consenso; en caso de no lograrse, la decisión se adoptará mediante arbitraje.

El calendario de incrementos salariales y los plazos de abono de atrasos fijan obligaciones claras para las empresas, reforzadas por el recargo por mora del 10% anual. Para las plantillas, la subida escalonada, la reducción de jornada y las mejoras en vacaciones, nóminas y cobertura por accidentes suponen cambios relevantes que marcarán la gestión laboral del sector en los próximos tres años. Conoce los salarios de otros sectores entrando en nuestra sección de empleo.

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