El Ministerio de Trabajo ha sacado a audiencia pública el borrador del reglamento que regulará el nuevo sistema de registro horario. Esta norma, que desarrolla la reforma para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales, introduce importantes novedades que afectarán tanto a las empresas como a los trabajadores. Entre los cambios más relevantes, destaca la obligación de que el trabajador indique si las horas extra serán remuneradas o compensadas con tiempo de descanso.
El nuevo registro horario deberá ser digital y accesible en remoto para la Inspección
A partir de su entrada en vigor, el registro horario tendrá que ser íntegramente digital. Además, deberá garantizar el acceso inmediato y en remoto tanto a la Inspección de Trabajo como a los representantes legales de los trabajadores. Esto supondrá un importante cambio para muchas pequeñas y medianas empresas, que hasta ahora seguían utilizando sistemas en papel. Será el trabajador quien deba introducir diariamente sus horas de entrada y salida, así como las pausas realizadas. También deberá especificar si trabaja presencialmente o a distancia y detallar si su jornada es completa o parcial.
Una de las principales novedades que introduce el borrador es que el trabajador tendrá que declarar si las horas extraordinarias que realiza serán abonadas económicamente o, por el contrario, compensadas con descanso. Esto no es un cambio menor. El Estatuto de los Trabajadores ya establece que solo se pueden realizar 80 horas extra al año sin ser compensadas con descanso en los cuatro meses siguientes. Por tanto, este nuevo requisito permitirá a la Inspección de Trabajo ejercer un mayor control sobre el cumplimiento de la normativa.
El trabajador deberá registrar sus jornadas de forma libre, personal, directa e inmediata, sin ningún tipo de presión empresarial. También será necesaria su autorización para modificar cualquier dato registrado. En caso de desacuerdo con la empresa, esta podrá anotar la modificación, pero el trabajador tendrá derecho a reflejar su discrepancia en el mismo documento.
Tabla informativa: principales cambios del nuevo registro horario
A continuación, se resumen algunas de las novedades más importantes incluidas en el borrador del reglamento:
Aspecto | Novedad destacada |
---|---|
Forma de registro | Obligatoriamente digital |
Acceso | Inmediato y en remoto para la Inspección de Trabajo |
Información obligatoria | Entrada, salida, pausas, horas extra y tipo de compensación |
Control sobre las modificaciones | Necesaria la autorización del trabajador |
Formación | Obligatoria, a cargo de la empresa y computable como jornada |
Desacuerdos | Posibilidad de registrar discrepancias formales |
Aunque el texto aún está en fase de audiencia pública, se prevé que entre en vigor durante los primeros meses de 2026. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que este es uno de los puntos más sensibles de la reforma laboral y ha solicitado informes a distintos organismos, como la Agencia Española de Protección de Datos y los ministerios de Economía y Transformación Digital, para reforzar la seguridad del sistema. Entra en nuestra sección de empleo para conocer más derechos y deberes del trabajador.