La normativa permite obras interiores, pero prohíbe alterar elementos comunes y actividades «molestas»; los horarios dependen de estatutos de la comunidad o de la ordenanza municipal de ruido. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) autoriza obras dentro de casa, pero marca límites claros y, si se incumplen, los vecinos pueden denunciar por ruido. Además, los municipios fijan reglas sobre niveles sonoros y tramos horarios.
Qué permite el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal al hacer obras
El artículo 7.1 de la LPH permite a cada propietario realizar obras en el interior de su vivienda o local. Ahora bien, esta libertad no es absoluta. ¿Cuál es el primer límite? No alterar elementos comunes del edificio, como la fachada, cubiertas, patios, forjados, vigas, pilares o instalaciones generales de agua. Cualquier reforma que afecte a esos elementos requiere aprobación previa de la comunidad. Entre ellas se incluyen las de cocina y baño, así como trabajos de fontanería, electricidad, calefacción, suelos o el retoque de tabiques no estructurales, consideradas como obras comunes.
El artículo 7.2 prohíbe actividades “molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas” que perjudiquen la convivencia. Esto quiere decir que no se pueden causar daños, molestias graves o limitar derechos a otros propietarios con filtraciones, ruidos estructurales o aperturas que afecten a la privacidad ajena. ¿Quién puede denunciar si no se respetan estas pautas? Los vecinos. Si una reforma provoca ruidos o efectos que encajan en ese supuesto, la comunidad tiene base para actuar.
Horarios de obras y límites de ruido según estatutos y ordenanza municipal
El horario de descanso no es único para todas las comunidades. Puede regularse en los estatutos o mediante acuerdos internos. Si no existe previsión, hay que acudir a la ordenanza municipal sobre el ruido, que suele fijar decibelios máximos por tramos de día y noche. En general, durante el horario diurno está prohibido superar los 35-40 decibelios y durante el nocturno los 25-30 decibelios. A modo orientativo, así se presentan esos límites generales por tramos:
Tramo horario | Decibelios máximos en general |
---|---|
Día | 35–40 dB |
Noche | 25–30 dB |
Dicho de otro modo, además de pedir autorización cuando corresponde, hay que ajustar los trabajos a los niveles permitidos y a los horarios que marque la comunidad o el ayuntamiento. ¿Vas a empezar una reforma? Mejor revisar antes. Para facilitar el cumplimiento, estas son las ideas clave que conviene tener presentes:
- Respetar los estatutos y acuerdos de la comunidad sobre horarios.
- Solicitar aprobación previa si las obras alteran elementos comunes.
- Evitar actividades “molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
- Atenerse a los decibelios que fije la ordenanza municipal de ruido.
En definitiva, la LPH permite reformar, pero con límites: no afectar a lo común, no causar molestias graves y seguir las reglas de ruido. Por tanto, planificar y comunicar evita conflictos… y denuncias. Entra en nuestra sección de actualidad para conocer otras noticias inmobiliarias.