La Seguridad Social ha trasladado a sindicatos y empresarios que estudiará mejoras en el real decreto que regulará la jubilación flexible. Sobre la mesa, un aumento (aunque leve) de la pensión para quienes se jubilaron de forma anticipada e involuntaria y decidan volver a trabajar parcialmente. También se valoran cambios en la jornada mínima y el encaje de los autónomos.
Quiénes podrían beneficiarse de la jubilación flexible y la mejora para anticipados forzosos
En los borradores iniciales, las cotizaciones durante la vuelta parcial al trabajo no contaban para recalcular la base reguladora ni para incrementar los complementos por demorar la jubilación. Los sindicatos piden que esta mejora alcance a todos los que opten por la jubilación flexible. De momento, la Seguridad Social solo se abre a mejorar la prestación de quienes se retiraron antes de tiempo por un despido.
La mejora estudiada se enfoca en jubilados anticipados forzosos; el resto sigue en negociación, con los sindicatos reclamando que el recálculo alcance a todos los acogidos a esta modalidad. A grandes rasgos, el objetivo es que la vuelta parcial tenga un reflejo positivo en la pensión, sin perder de vista el equilibrio del sistema.
El último borrador fija una jornada entre el 40% y el 80% de la ordinaria. Además, establece una mejora temporal de la pensión mientras dure la compatibilidad: del 20% si se trabaja entre el 60% y el 80%, y del 10% si la jornada es del 40% al 60%. Los sindicatos reclaman permitir jornadas por debajo del 40% y elevar esos porcentajes.
El Gobierno también analizará las condiciones para que personas ya jubiladas vuelvan como autónomos. El borrador permite esa opción con una limitación: no haber estado en el RETA en los cinco años previos a la jubilación. Para este grupo, se planteaba una mejora del 20% de la pensión compatible con los ingresos como autónomo durante la jubilación flexible. Los sindicatos han pedido que, si se elevan los porcentajes de mejora para los trabajadores por cuenta propia, se aplique lo mismo para los autónomos.
Tramitación del real decreto de Seguridad Social y plazos previstos para entrada en vigor
El texto ya pasó por audiencia pública y ahora se valoran aportaciones de ciudadanos, sindicatos y empresarios. El compromiso es presentar un nuevo borrador en la próxima reunión. Después, el departamento encabezado por Elma Saiz llevará el articulado al Consejo de Estado y, posteriormente, al Consejo de Ministros. Una vez aprobado, se publicará en el BOE. ¿Cuándo se aplicará? En principio, tres meses después de su publicación. Por tanto, el calendario avanza, pero con ajustes aún abiertos.
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