El artículo 58 del Estatuto de los Trabajadores y los convenios colectivos facultan a las empresas para sancionar conductas inadecuadas. Perder tiempo laboral por usar el móvil se considera falta grave y puede conllevar suspensión de empleo y sueldo. En supuestos reiterados, de mala fe o con riesgos, puede derivar en despido disciplinario.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre usar el móvil en horario laboral y cuándo te pueden sancionar
La norma ampara la potestad disciplinaria empresarial y, con base en ella, el uso del smartphone para asuntos personales que afecte a la productividad puede ser sancionado. El artículo 58 permite aplicar sanciones por faltas graves, entre ellas perder tiempo de trabajo por usar el móvil. ¿La consecuencia más inmediata? La suspensión de empleo y sueldo. Si el comportamiento es reiterado, de mala fe o expone a riesgos, el despido disciplinario entra en escena. De hecho, la jurisprudencia apunta a consecuencias acordes a la gravedad del uso.
El Estatuto también permite medidas de control para garantizar el cumplimiento, pero exige respaldo en una normativa interna clara y previamente comunicada por escrito. Si la empresa decide prohibir el uso del móvil en el desempeño, debe avisarlo antes de sancionar: por convenio, contrato o normativa interna. Atención, porque si no hay comunicación previa, la sanción no sería legal y podría impugnarse.
¿Y cómo deben comunicártelo? Con una política interna clara sobre el uso del móvil, incorporada al convenio, contrato o normativa de empresa y comunicada por escrito mediante correos electrónicos, circulares firmadas o tablón de anuncios. Con estos requisitos, la compañía puede aplicar las sanciones que correspondan al grado de la falta. Si falta esta base, el trabajador tiene margen para impugnar.
Consecuencias por usarlo: faltas leves, faltas graves y despido disciplinario
¿En qué escalones se mueve la respuesta disciplinaria? El uso ocasional en pausas o descansos se considera falta leve. Cuando es frecuente, personal y afecta a la productividad, pasa a ser grave. Si, además, hay reiteración, mala fe o riesgos, puede llegar el despido disciplinario. A continuación, una tabla orientativa con los escenarios descritos:
Conducta observada | Grado de falta según el caso | Consecuencia posible |
---|---|---|
Uso ocasional en pausas o descansos | Falta leve | No especificada de forma general |
Uso frecuente para temas personales que reduce productividad | Falta grave | Suspensión de empleo y sueldo |
Reiteración, mala fe o riesgos por usar el móvil | — | Puede conllevar despido disciplinario |
¿Y si te sancionan? Siempre cabe impugnar ante los juzgados. No obstante, si la política ya estaba en vigor y te fue comunicada correctamente, lo tendrás difícil. Si no quieres llevarte sustos con lo que puedes o no puedes hacer en el trabajo, accede a nuestra sección de empleo. Encontrarás multitud de artículos de interés.