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Inicio » Empleo » El SEPE aclara la duración de los contratos en prácticas: este es su tope obligatorio

El SEPE aclara la duración de los contratos en prácticas: este es su tope obligatorio

El SEPE detalla los plazos y condiciones de los contratos en prácticas y formativos, con diferencias clave en duración y requisitos.

Por Madridinforma
22 de septiembre de 2025 a las 07:02
en Empleo
Tiempo de lectura: 3 minutos
Apretón de manos tras firmar contrato en prácticas según el SEPE.

El SEPE fija la duración máxima de los contratos en prácticas en España, con un límite de dos años.

Estatuto de los Trabajadores solo cubre a quienes trabajan por cuenta ajena según su artículo 1

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Trabajo podría imponer multas de hasta 1.000 euros por contrato por despidos en período de prueba

El organismo aclara que este contrato exige un mínimo de seis meses y, como tope, dos años, salvo que el convenio colectivo marque un límite inferior. El contrato formativo para la obtención de práctica profesional es distinto y solo puede durar un año, con mayor tutorización. El Servicio Público de Empleo Estatal precisa que conviven dos figuras: el contrato en prácticas y el contrato formativo para la obtención de práctica profesional (artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores). Comparten finalidad formativa, pero no plazos. En prácticas, hasta dos años; formativo, hasta un año.

Quién puede firmar un contrato en prácticas según SEPE y en qué situaciones

El contrato en prácticas se dirige a quienes ya poseen un título universitario o de Formación Profesional (o equivalente). Para utilizarlo, debe haberse obtenido la titulación dentro de los cinco años anteriores. Si existe discapacidad, el margen se amplía a siete años. ¿Tienes menos de 30 años? En ese caso no se tiene en cuenta la fecha de finalización de los estudios.

Cuando la persona aún no dispone del título y continúa su formación (grados universitarios o FP de grado medio o superior), la vía apropiada es el contrato formativo para la obtención de práctica profesional. La finalidad es que la persona recién titulada gane experiencia real. Por eso, la norma fija un mínimo de seis meses y un máximo de dos años. Ahora bien, por convenio colectivo se pueden ajustar esos límites.

Cuando el alumnado compagina trabajo y estudio, procede el contrato formativo para la obtención de práctica profesional. Mantiene las horas de formación y establece un mayor control tutorizado y un plan formativo. Su duración mínima también es de seis meses, pero el límite máximo se queda en un año, salvo lo que determine el convenio. A continuación, una comparativa breve para aclarar conceptos:

Tipo de contratoDuración mínimaDuración máximaA quién va dirigidoRasgo distintivo
En prácticas6 meses2 años (salvo límite inferior por convenio)Titulados universitarios o de FP dentro de 5 años; 7 con discapacidad; menores de 30 sin límite por fechaEnfoque en aplicar lo aprendido y adquirir experiencia práctica
Formativo para la obtención de práctica profesional6 meses1 año (salvo convenio)Estudiantes de universidad o FP que compatibilizan formación y empleoMayor tutorización y plan formativo con control más intenso

Qué ocurre cuando finalizan estos contratos y cómo puede continuar tu empleo

Si terminas un contrato formativo y obtienes la titulación, podrás firmar un contrato en prácticas, con un máximo de dos años. Si ya estabas en prácticas y alcanzas el tope, la empresa deberá ofrecerte otra modalidad si quiere seguir contando contigo. En caso contrario, no podrá volver a contratarte en prácticas.

¿No agotaste los dos años? Otra empresa puede contratarte por el tiempo restante hasta completar el máximo legal. De ahí que convenga conservar bien los cálculos de duración para no perder oportunidades. Puedes encontrar otros artículos laborales de interés accediendo a nuestra sección de empleo.

Etiqueta EmpleoSEPE

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