La Comunidad de Madrid ha aprobado un complemento económico anual de 525 euros para perceptores de pensión no contributiva (PNC) de jubilación o de incapacidad que viven de alquiler. La presidenta Isabel Díaz Ayuso lo anunció en el Debate del Estado de la Región; la medida comenzará a aplicarse en 2026.
Quién puede solicitar el complemento para pensiones no contributivas en alquiler en Madrid
Se prioriza a pensionistas no contributivos que acrediten alquiler, titularidad y residencia. A continuación mostramos los requisitos:
- Tener reconocida una PNC de jubilación o invalidez de la Seguridad Social, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento.
- No tener con el arrendador relación conyugal ni parentesco hasta el tercer grado, ni una unión estable análoga a la conyugal.
- Domicilio habitual en la vivienda alquilada: contrato con vigencia mínima de un año y residencia de al menos 180 días previos a la solicitud.
- Si conviven varios perceptores de PNC, solo la recibirá el titular del contrato; si hay más de uno, el beneficiario será el primero.
La ayuda asciende a 525 euros al año. El IMSERSO será quien la abone y se calcula que alcance a unos 2.500 madrileños. Cuando pueda solicitarse, los beneficiarios verán duplicadas las cantidades que actualmente perciben. Además, la Comunidad de Madrid recuerda que la Administración General del Estado abona desde 2007 un complemento a pensionistas no contributivos sin vivienda propia que residen de forma habitual en alquiler sin vínculo familiar o de pareja con el propietario. Para facilitar la consulta, estos son los datos clave:
Aspecto | Detalle |
---|---|
Cuantía | 525 € anuales |
Entrada en vigor | 2026 |
Destinatarios | PNC de jubilación o incapacidad sin vivienda propia y en alquiler |
Gestión | IMSERSO |
Dónde solicitar | Órganos competentes de CCAA; Diputaciones Forales (País Vasco y Navarra); Direcciones Territoriales del IMSERSO (Ceuta y Melilla) |
Beneficiarios estimados | 2.500 en la Comunidad de Madrid |
Cómo y dónde se debe presentar la solicitud del complemento económico
Según la página del IMSERSO, la solicitud se tramitará ante los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, las Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra y las Direcciones Territoriales del IMSERSO en Ceuta y Melilla, responsables de gestionar las pensiones no contributivas. ¿Qué plazos y formularios habrá? El texto facilitado no los detalla; se aplicarán cuando la medida entre en vigor en 2026. Accede a nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas disponibles en la Comunidad de Madrid.