El final de la vida laboral exige un trámite preciso: cuadrar la fecha de baja con la edad legal de jubilación. Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social, advierte que el éxito o el bloqueo de la pensión depende de algo tan sencillo como esto: “El último día cotizado debe ser el mismo en que cumplimos la edad de jubilación”.
La clave de la pensión de jubilación: baja laboral el mismo día exacto
Muñoz subraya un punto jurídico y práctico: “La ley establece que el hecho causante de una jubilación es el cese laboral”. Es decir, el día en que se deja de trabajar marca cuándo puede solicitarse la pensión. Por tanto, ese último día debe coincidir con el cumplimiento de la edad (65 o, en su caso, 67, según corresponda). ¿Conclusión? Nada de adelantos ni retrasos: todo ha de cuadrar a la primera.
Para los asalariados, la indicación es tajante: “La empresa nos tiene que dar de baja laboral el mismo día que cumplimos la edad. Ni un día antes ni un día después”. Si la baja no coincide, la Seguridad Social deniega la prestación. Por eso, dice Muñoz, conviene ir con margen: “Por eso es recomendable que antes de que llegue esa fecha vayamos avisando a la empresa para que nos dé de baja correctamente”. ¿Y si hay fallo de coordinación? Habrá que repetir el proceso.
En el caso de los autónomos, la precisión con la fecha es igual de importante. Muñoz recomienda acudir con antelación a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social para confirmar qué trámite y documentos se requieren para cesar, ya sea por venta, cese de actividad o traspaso. La idea es llegar al día clave con todo listo y sin flecos que impidan el reconocimiento de la pensión.
Qué pasa si la baja llega antes o después y cómo solucionarlo
Si el día de cumplir la edad sigues en alta (porque la empresa no tramitó la baja o no cesaste en la actividad), “se nos denegará la pensión de jubilación”. En ese caso, Muñoz lo resume así: “habrá que solicitar una nueva pensión de jubilación con la fecha correcta del cese de actividad”. A continuación, un resumen práctico para tenerlo a mano:
Situación | Efecto inmediato sobre la pensión | Qué hacer a continuación |
---|---|---|
Baja el mismo día que se cumple la edad | Trámite alineado con la solicitud de jubilación | Presentar la solicitud con esa fecha |
Baja antes o después del día exacto | Denegación de la pensión | Solicitar de nuevo con la fecha de cese correcta |
Autónomo sin cese de actividad en la fecha | Denegación de la pensión | Regularizar el cese y presentar nueva solicitud |
“El día en que cumplimos la edad de jubilación debe estar cotizado y corresponderse con nuestro último día de trabajo”. En cristiano: ni un día antes ni un día después. Avisar con tiempo, coordinar con la empresa o preparar el cese si eres autónomo y revisar la documentación hará que el cobro arranque sin retrasos. Aprende a realizar otro tipo de gestiones administrativas accediendo a nuestra sección de trámites.