Muchos trabajadores creen que, tras el despido, pasan automáticamente a estar en paro. El SEPE recuerda que no es así si quedan vacaciones pendientes pagadas: durante esos días sigues en alta y cotizando a la Seguridad Social, por lo que aún no hay situación legal de desempleo. En este artículo ahondaremos en las claves para poder solicitarlo de manera correcta y sin sustos de última hora.
Qué entiende el SEPE por situación legal de desempleo en vacaciones y finiquito
Si al extinguirse la relación laboral te liquidan vacaciones no disfrutadas, ese tiempo computa como alta. En consecuencia, la cotización continúa activa y todavía no puedes acceder a la prestación. ¿Entonces, cuándo empieza realmente el paro? Cuando finaliza ese periodo abonado.
Solo después de que terminen las vacaciones remuneradas pasas a estar legalmente desempleado. A partir de ese momento, dispones de un plazo máximo de 15 días hábiles para presentar la solicitud del paro. Puedes hacerlo por internet o de forma presencial. Para aclararlo de un vistazo, estas son las situaciones y si permiten pedir el paro:
Situación | ¿Se puede solicitar el paro? | Explicación breve |
---|---|---|
Vacaciones no disfrutadas pagadas en finiquito | No | Sigues en alta y cotizando; aún no hay situación legal de desempleo. |
Tras finalizar el periodo de vacaciones pagadas | Sí | Ya estás legalmente desempleado; tienes 15 días hábiles para solicitar. |
Días cotizados mínimos (360) ya acumulados | Depende | Debes, además, estar en situación legal de desempleo y cumplir requisitos. |
Por tanto, contar con 360 días cotizados no basta si todavía estás en alta por vacaciones pagadas; primero debe concluir ese periodo y, acto seguido, iniciar el trámite dentro del plazo.
Requisitos indispensables del paro: días cotizados y demás condiciones del SEPE
Además del plazo y la situación legal, el SEPE exige cumplir condiciones básicas. ¿Cumples todas antes de iniciar la solicitud? A continuación te mostramos los requisitos mínimos obligatorios:
- Estar en situación legal de desempleo.
- Haber cotizado un mínimo de 360 días.
- Estar afiliado y en alta (o asimilado de alta) en la Seguridad Social.
- Estar inscrito como demandante de empleo.
- No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
- No percibir pensiones incompatibles con el paro.
En resumen, si te despiden y te pagan vacaciones, el reloj del paro no arranca hasta que acaben. A partir de ahí, 15 días hábiles para pedirlo y cumplir los requisitos, ya sea online o presencialmente. Accede a nuestra sección de trámites para conocer otras gestiones en materia de ayudas.