Si estás en nómina y te reconocen una incapacidad, la extinción automática del contrato ya no entra en escena. En mayo de 2024, el Consejo de Ministros aprobó la modificación del artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, con Yolanda Díaz al frente. El cambio viene impulsado por una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que marcó el camino. El objetivo es claro: prohibir que las empresas cesen de forma automática a personas con gran invalidez o incapacidad permanente cuando ya estaban en plantilla. España ajusta así su legislación interna a ese marco europeo. La norma está en vigor y, por una vez, la burocracia se ha puesto del lado del sentido común.
¿Qué dice ahora el artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores?
El acuerdo, ya vigente, se firmó con la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y el presidente de CERMI, Luis Cayo. La modificación refuerza la protección frente al despido automático de personas con incapacidad permanente, de acuerdo con el artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores. En concreto, se reconoce el derecho de la persona trabajadora a que se adapte su puesto a la nueva situación. Se indica además que la continuidad en el puesto será una decisión voluntaria del trabajador.
La novedad es práctica y muy clara: lo que antes podía quedar en manos de la empresa, ahora lo decide la persona trabajadora. ¿Quieres seguir o prefieres reubicarte? El marco legal te da la llave del contrato. Además, si los ajustes requeridos suponen un coste excesivo para la empresa, se contempla la opción de solicitar ayudas o subvenciones. De ahí que, en lugar de cortar por lo sano, se prioricen soluciones que mantengan el empleo.
La situación actual nace de una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que empuja a prohibir las extinciones automáticas cuando ya se estaba en nómina y sobreviene una gran invalidez o una incapacidad permanente. España estaba vulnerando ese contexto y ha modificado su legislación interna en consecuencia. La reforma fue impulsada por CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad).
¿Qué cifras hay sobre discapacidad y empleo en España?
Para entender la dimensión social, conviene mirar el tamaño del colectivo y su presencia en el mercado laboral. Los datos ayudan a aterrizar la importancia del cambio legal.
Indicador | Dato |
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Personas con discapacidad en población activa | 35,3% |
Peso sobre afiliación a la Seguridad Social | 1,58% |
Personas con algún tipo de discapacidad en España | más de 4 millones |
Hogares con alguien con discapacidad | 1 de cada 5 hogares |
Por consiguiente, no hablamos de un caso marginal. El impacto es amplio y justifica que se prioricen ajustes razonables y reubicaciones sobre la salida fulminante. Si quieres conocer otras noticias relacionadas con los derechos de los trabajadores, no dudes en acceder a nuestra sección de empleo.