El Servicio Público de Empleo Estatal ha puesto en marcha el Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), que garantiza hasta 480 € mensuales sin renunciar al contrato. La medida, incluida en la reforma de políticas activas de empleo, busca que aceptar un trabajo no suponga perder dinero para quienes perciben prestaciones por desempleo.
Quién puede solicitar el CAE del SEPE para compatibilizar paro y salario sin perder ingresos
El acceso parte de dos supuestos: cobrar la prestación contributiva y haber superado los nueve primeros meses de paro, o encontrarse en un subsidio tras agotarla. Además, el contrato debe respetar un tope: no puede superar el 225 % del IPREM mensual, unos 1.350 € brutos en 2025. ¿Te incorporas con sueldo bajo o medio? Justo a estas situaciones quiere dar cobertura.
También hay incompatibilidades claras: quedan fuera empleos vinculados a ERTE o al mecanismo RED, haber trabajado en la misma empresa en los 12 meses anteriores y existir parentesco hasta segundo grado con la persona empleadora. ¿Cumples todo? Entonces sigue leyendo.
No se solicita con un formulario al uso: se activa cuando notificas el nuevo contrato al SEPE dentro de los 15 días hábiles posteriores a la firma. Si avisas fuera de plazo, la compatibilidad se pierde. ¿Cómo comunicarlo? Entrega la copia del contrato en oficina (con cita previa) o a través de la sede electrónica con certificado digital o Cl@ve. El organismo ajustará la cuantía y la abonará junto con tu prestación vigente. Fácil y, sobre todo, sin líos.
Cuantías del complemento según meses de prestación y tipo de jornada trabajada
La ayuda depende de tres variables: tiempo trabajado, fase de la prestación y tipo de contrato. En general, cuanto más avanzada esté la prestación y más reducida sea la jornada, menor será el importe. Durante los tres primeros meses y con jornada completa, puede llegar a 480 € mensuales; en jornadas parciales o tramos posteriores, baja de forma proporcional. Así quedan las referencias:
Situación laboral | Meses de prestación | Importe orientativo |
---|---|---|
Jornada completa | 1.º a 3.º mes | Hasta 480 € |
Jornada parcial | 1.º a 3.º mes | Proporcional a horas |
Cualquier jornada | A partir del 4.º mes | Disminuye progresivamente |
El cálculo exacto se realiza caso por caso, según ajuste del SEPE.
Incompatibilidades, límites salariales y respuestas rápidas a las dudas frecuentes
¿Te queda alguna pregunta práctica? Toma estas claves para no liarte:
- Registrar el contrato en oficina requiere cita previa; online basta con certificado digital o Cl@ve.
- Contratos vinculados a ERTE o RED están excluidos del CAE.
- Si el salario supera el 225 % del IPREM, se pierde la compatibilidad.
- El complemento se ingresa junto con la prestación; la empresa no lo abona.
- Se mantiene mientras siga vigente la prestación o el subsidio y se cumplan las condiciones.
Con estas pautas, no tiene pérdida: comunica el alta a tiempo y listo. ¿A qué esperas para comprobar si te encaja? Si quieres conocer otras ayudas disponibles para los madrileños, accede a nuestra sección de prestaciones.