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Inicio » Prestaciones » El SEPE aclara por qué no suspenderá el subsidio a quienes rechacen un empleo o curso de formación

El SEPE aclara por qué no suspenderá el subsidio a quienes rechacen un empleo o curso de formación

El organismo explica los supuestos que permiten al parado mantener la ayuda aunque decline una oferta laboral o formativa.

Por Madridinforma
25 de julio de 2025 a las 16:02
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 3 minutos
Mujer ante oficina de empleo señalando rechazo a oferta laboral o curso, subsidio SEPE.

Rechazar un empleo o curso no siempre supone perder el subsidio: estos son los casos avalados por el SEPE.

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) exige a las personas que cobran el paro o el subsidio por desempleo demostrar su voluntad real de volver al mercado laboral. Sin embargo, revela que hay situaciones concretas en las que rechazar un trabajo o un curso de formación no conlleva la pérdida de la prestación. ¿Cuándo ocurre y qué debe probar el beneficiario para no ser sancionado?

Requisitos del SEPE para mantener el subsidio tras rechazar empleo o curso formativo

Todo desempleado debe inscribirse como demandante de empleo en un plazo de 15 días tras finalizar su último contrato. Además, mientras perciba la ayuda, debe aceptar ofertas de trabajo “adecuadas” y acudir a las acciones formativas para las que sea convocado. No hacerlo, salvo causa justificada, se considera infracción grave:

Número de rechazos injustificadosSanción aplicada sobre la prestación
Primer rechazoPérdida de la ayuda durante 3 meses
Segundo rechazoSuspensión de 6 meses
Tercer rechazoExtinción definitiva

Por tanto, la norma general es clara: negarse sin motivo supone quedarse sin prestación. No obstante, el propio SEPE matiza que “no todo rechazo es injustificado” y detalla varios escenarios en los que sí permite seguir cobrando. Antes de alarmarse, conviene revisar los casos en los que el SEPE admite la negativa sin sanción. ¡Toma nota!

  • Oferta no adecuada: se puede alegar horario incompatible con obligaciones familiares, distancia excesiva entre domicilio y centro de trabajo, salario inferior al Salario Mínimo Interprofesional o remuneración insuficiente.
  • Cuidado de dependientes: quien atienda a una persona con grado 3 de dependencia puede negarse.
  • Enfermedad grave o accidente que impida aceptar o ejercer el puesto o participar en el curso.
  • Proceso de adopción o acogimiento familiar en curso.

Como ves, la clave está en documentar la causa (informes médicos, certificados de dependencia, justificantes de distancia o nómina ofrecida). De hecho, presentar esa prueba dentro del plazo que indique la oficina de empleo evita malentendidos y suspensiones innecesarias.

Cuantía actual del subsidio y condiciones especiales tras la reforma asistencial

Desde el 1 de noviembre, el subsidio general asciende a 570 euros mensuales y se va reduciendo gradualmente hasta los 480 euros al cumplir el primer año. ¿Te preocupa si eres mayor de 52 años? Tranquilo, en tu caso, la cuantía se mantiene en 480 euros y, además, el SEPE cotiza por ti el 125 % del Salario Mínimo Interprofesional ante la Seguridad Social, protegiendo tu futura pensión.

Por tanto, conservar el subsidio depende de cumplir las obligaciones y justificar cualquier rechazo. Si tu motivo encaja en los supuestos anteriores, podrás seguir cobrando sin sobresaltos. Pero, ojo, si decides rechazar sin causa apoyada en pruebas, ya sabes las consecuencias. Entra en nuestra sección de prestaciones para conocer otras ayudas disponibles.

Etiqueta Prestaciones

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