Pilar (nombre ficticio) ejercía como médica de familia en el centro de salud de Arguineguín, Gran Canaria, donde atendía hasta 60 pacientes en un turno de siete horas y acumulaba cinco guardias mensuales de doce horas. Esa presión continua desembocó en un trastorno depresivo que la mantuvo de baja entre enero y noviembre de 2017. Ahora, una resolución firme condena al Servicio Canario de Salud (SCS) a pagarle 17.027,34 euros por los daños y perjuicios causados.
El caso de sobrecarga asistencial que desbordó a la médica de familia
La sintomatología comenzó en 2016: cefaleas, náuseas, insomnio y un progresivo agotamiento emocional. Un informe psicológico de abril de ese año ya apuntaba “importantes indicios de burnout”, mientras que otro, seis meses después, certificó que la doctora carecía de capacidad para desempeñar su labor “en el nivel mínimo exigido”. Aun así, las agendas siguieron acumulando pacientes de compañeros no sustituidos, lo que agravó la situación.
En enero de 2017, la profesional solicitó evaluación de riesgos y un estudio psicosocial. Su petición fue denegada porque estaba de baja; la administración tampoco le ofreció adaptación del puesto. Solo en diciembre, cuando fue dada de alta “apta con limitaciones”, se le destinó a otro centro y se le eximió de turnos de noche.
Las investigaciones clínicas acreditaron un estrés laboral crónico y depresivo severo
Los peritajes concluyeron que la incapacidad temporal tenía origen laboral y no común. Al declararse accidente de trabajo, la mutua pasó a abonar el 75 % de la base reguladora en lugar del 60 %. Además, los informes constataron un “riesgo grave” para la salud mental de la trabajadora provocado por la sobrecarga asistencial y la ausencia de medidas preventivas.
La única evaluación de riesgos específica sobre su puesto no se realizó hasta mayo de 2018, varios meses después de la baja. En ella se estableció un mínimo de diez minutos por consulta, dos descansos de veinte minutos y la exención de urgencias vitales, turnos de noche y reanimación cardiopulmonar.
El fallo judicial subraya graves incumplimientos preventivos del Servicio Canario de Salud
El Juzgado de lo Social n.º 9 de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de abril de 2023, estimó parcialmente la demanda de Pilar. Acreditó la responsabilidad empresarial al comprobar que el SCS carecía de evaluación de riesgos psicosociales previa, no vigiló de forma periódica la salud de la trabajadora y le proporcionó una formación “insuficiente” (solo tres cursos entre 2014 y 2017) sobre riesgos laborales.
La jueza reconoció 16.577,34 euros por la “pérdida temporal de calidad de vida” durante los 318 días de baja y 450 euros por las sesiones de psicoterapia. Desestimó, por falta de prueba, el lucro cesante de guardias no realizadas y el daño moral pretendido.
Ambas partes recurrieron. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) confirmó el importe indemnizatorio y solo estimó parcialmente al SCS al declarar prescrita la reclamación por daño moral. Distinguió entre la acción nacida del accidente (plazo contado desde la firmeza de la sentencia de 2020, sin prescripción) y la ligada a incumplimientos preventivos prolongados, cuyo plazo empezó a correr al cesar los factores de riesgo en diciembre de 2017.
Una indemnización que incide en futuras políticas de salud laboral en primaria
Para la abogada de la doctora, la resolución “abre un camino” al situar la sobrecarga asistencial como causa de indemnización. El dictamen refuerza la obligación empresarial de detectar y mitigar riesgos psicosociales: cuando se genera un daño, hay que repararlo.
En Atención Primaria, donde la presión asistencial sigue siendo elevada, el fallo puede servir de referencia para exigir evaluaciones de riesgos actualizadas, formación específica y adaptaciones de puesto que eviten nuevas bajas por estrés laboral crónico. Con esta condena, la justicia recuerda que la prevención no es opcional, sino un deber legal cuya omisión acarrea consecuencias económicas y, sobre todo, humanas. Si quieres conocer otras sentencias laborales de interés, no dudes en acceder a nuestra sección de empleo.