La Comunidad de Madrid vuelve a aliviar el bolsillo de los contribuyentes. A partir de hoy, 1 de julio, las herencias y donaciones entre hermanos, tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos contarán con una bonificación del 50 % en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), el doble que hasta ahora. De un plumazo, 14.000 madrileños ahorrarán alrededor de 140 millones de euros cada año, según cálculos oficiales.
Quiénes pueden beneficiarse y cuánto se ahorrarán con la bonificación del 50 por ciento en herencias y donaciones en Madrid
La mejora alcanza a todos los parientes del grupo III (colaterales de segundo y tercer grado). Es decir:
- hermanos
- tíos y tías
- sobrinos y sobrinas
- bisabuelos y bisnietos
Cuidado, porque hablamos de un ahorro nada despreciable. Veamos dos supuestos prácticos:
Supuesto | Base heredada por cada beneficiario | Impuesto anterior (25 %) | Impuesto nuevo (50 %) | Ahorro individual |
---|---|---|---|---|
2 hermanos (vivienda 200 000 € + ahorros 100 000 €) | 150 000 € | 15 600 € | 7 800 € | 7 800 € |
4 sobrinos (vivienda 250 000 € + ahorros 100 000 €) | 87 500 € | 7 200 € | 3 600 € | 3 600 € |
En ambos casos la factura fiscal se reduce a la mitad respecto a la normativa previa. La medida rige para fallecimientos y actos de donación devengados desde el 1 de julio de 2025. ¿Qué debes tener en mente?:
- Presentar la autoliquidación en los seis meses siguientes al fallecimiento (prorrogables).
- Cumplimentar el modelo 650 (herencias) o 651 (donaciones) si el valor supera los 1.000 €.
- Conservar justificantes bancarios y escrituras, salvo que la donación no supere los 10.000 €, en cuyo caso ya no es necesario pasar por notaría.
- Si la donación es inferior a 1.000 €, se aplica una bonificación del 100 % y no hay que presentar modelo alguno.
¿Te preguntas dónde realizar el trámite? Puedes acudir a cualquier oficina de atención al contribuyente o completar el proceso a través del portal de la Comunidad de Madrid con certificado digital o Cl@ve.
Cómo realizar la autoliquidación online o presencial sin errores y aprovechar el nuevo incentivo fiscal madrileño
En la sede electrónica (madrid.org) encontrarás un asistente que calcula automáticamente la cuota con la nueva bonificación. Basta con:
- Descargar el formulario correspondiente.
- Introducir valor real de los bienes (el de referencia catastral para inmuebles) y deudas deducibles.
- Aplicar la bonificación del 50 % cuando el parentesco sea de grupo III.
- Pagar, si procede, vía cargo en cuenta o en entidad colaboradora y, por último, registrar la escritura o documento privado.
Si optas por la vía presencial, lleva original y copia de la documentación (DNI, certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y justificantes de saldo bancario o tasación inmobiliaria). El funcionario sellará tu modelo 650/651 y te entregará la carta de pago.
Por qué la Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones y cuál será su impacto económico anual
El Gobierno regional, presidido por Isabel Díaz Ayuso, defiende que “el dinero donde mejor está es en el bolsillo del ciudadano”. Con esta, ya van 32 rebajas fiscales desde 2019. La última promete dinamizar la transmisión de patrimonio familiar y, de paso, ampliar la base imponible de otros tributos vinculados al consumo. El ejecutivo calcula que el ahorro medio por contribuyente ascenderá a 10.000 €, lo que reforzará la capacidad de gasto y ahorro de las familias madrileñas.