El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha declarado nulo el despido disciplinario de un oficial de primera marmolista al considerar que la carta remitida el 30 de septiembre de 2022 carecía de contenido concreto, incluía datos falsos y mostraba “una dejadez absoluta”. La Sala concluye que la empresa usó un texto descargado de la red o de otra compañía y que jamás justificó la supuesta “disminución voluntaria y continuada del rendimiento” que alegaba.
Por qué el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña califica la carta de despido de impresentable y sin rigor legal suficiente
¿Te imaginas recibir un escrito que dice que tu empresa vende ropa al por menor cuando en realidad trabajas la piedra natural? Eso le ocurrió al demandante. En el segundo párrafo, la carta situaba a Hugo Giro, S.L. en el sector textil, un “error clamoroso” que llevó a los magistrados a llamarla, literalmente, “sencillamente impresentable”. Además de la confusión sobre la actividad empresarial, la misiva se limitaba a copiar el tipo legal, bajada de rendimiento, sin concretar fechas, cifras ni ejemplos. De ahí que el tribunal determinara que no existía causa válida y que la empresa “ni siquiera puso especial empeño en revestir formalmente su decisión extintiva”.A continuación, se recogen los hitos principales que explican cómo se llegó a la sentencia firme:
Fecha | Acontecimiento |
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02/11/2021 | Contratación indefinida como oficial de primera marmolista (salario bruto anual: 27.183,80 €) |
20/06/2022 | Reconocimiento médico: apto con restricciones; evitar polvo de sílice |
30/09/2022 | Empresa comunica despido disciplinario por supuesta bajada de rendimiento |
30/08/2023 | Hospital de Bellvitge diagnostica silicosis al extrabajador |
01/12/2023 | Juzgado de lo Social n.º 16 de Barcelona declara el despido nulo |
12/06/2025 | TSJCat desestima el recurso empresarial y confirma la nulidad |
Con esta cronología se observa que la decisión extintiva llegó apenas cuatro días después de que el trabajador regresara de una baja médica y un año antes de que se certificara su silicosis, elemento que refuerza la sospecha de discriminación.
Cómo puede cualquier trabajador reclamar la nulidad de un despido con causas genéricas y carta mal fundamentada
Si recibes una carta similar, estos son los pasos esenciales para defender tus derechos:
- Comprobar la carta: debe detallar hechos, fechas y pruebas concretas.
- Solicitar copia del expediente: la empresa tiene que mostrar los registros que supuestamente sustentan el despido.
- Reunir historial médico y de rendimiento: servirá para rebatir acusaciones vagas.
- Acudir a conciliación: obligatorio antes de presentar demanda.
- Demandar en el plazo de 20 días hábiles: se tramita ante el Juzgado de lo Social competente.
- Aportar testigos y peritajes: médicos, compañeros o informes técnicos.
¡Menudo revés para quien confía en plantillas “copia y pega”! Para que no pase eso, estos son los requisitos mínimos que debe incluir toda carta de despido disciplinario:
- Identificación clara del trabajador y la empresa.
- Fecha de efectos del cese.
- Descripción detallada de los hechos imputados: cuándo, dónde y cómo sucedieron.
- Referencia al artículo del Estatuto de los Trabajadores o del convenio que se infringe.
- Documentación o indicios que respalden la acusación.
Sin estos elementos, la carta puede considerarse nula de pleno derecho, lo que obligará a la compañía a readmitir al afectado y a abonarle los salarios dejados de percibir.
Qué implica la nulidad: salarios de tramitación, alta en la Seguridad Social y readmisión inmediata
La declaración de nulidad no solo significa que el trabajador recupera su puesto. También obliga a la empresa a:
- Pagar todos los salarios no abonados desde la fecha del despido hasta la readmisión.
- Cotizar cada mes en la Seguridad Social como si la relación laboral nunca se hubiera interrumpido.
- Asumir los costes legales derivados del procedimiento.
Por consiguiente, la falta de cuidado al redactar una carta puede salir muy cara: tiempo, dinero y reputación empresarial.