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Inicio » Prestaciones » Advertencia del SEPE: los mayores de 52 deben presentar la DAR o perderán su subsidio

Advertencia del SEPE: los mayores de 52 deben presentar la DAR o perderán su subsidio

Por Madridinforma
19 de mayo de 2025 a las 15:30
en Prestaciones
Tiempo de lectura: 4 minutos
Personas mayores de 52 años hacen cola en una oficina del SEPE para presentar la Declaración Anual de Rentas y mantener el subsidio

Usuarios mayores de 52 acuden a la oficina de empleo para tramitar la Declaración Anual de Rentas, requisito indispensable para conservar el subsidio del SEPE.

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Madridinforma en Google

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha lanzado un recordatorio de vital importancia a los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. La presentación puntual de la Declaración Anual de Rentas (DAR) es la condición que garantiza la continuidad de esta ayuda, una de las pocas de carácter indefinido que ofrece el organismo. ¿Te interesa saber más? Ojo con los plazos, porque saltárselos podría llevar a la suspensión definitiva del subsidio.

En concreto, este subsidio está dirigido a personas desempleadas de 52 años o más que hayan agotado la prestación contributiva y que no superen el umbral de ingresos fijado. Con un importe mensual del 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), en 2025 se perciben 480 euros al mes (dado que el IPREM se sitúa en 600 euros).

El trámite indispensable para continuar recibiendo el subsidio de desempleo para mayores de 52 años

Una vez transcurrido un año desde la concesión del subsidio, el beneficiario cuenta con un periodo de 15 días hábiles para presentar la Declaración Anual de Rentas (DAR). El objetivo principal es verificar que la persona no ha superado el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Con el SMI en 1.200 euros, el límite de ingresos ronda los 900 euros mensuales. Si se detecta un exceso en estos ingresos, el SEPE suspenderá la prestación. Por lo tanto, es fundamental revisar cuidadosamente cualquier cambio en la situación económica, tanto propia como de los miembros de la unidad familiar, para evitar sorpresas desagradables. Para cumplir con esta obligación, el SEPE ofrece dos vías principales:

  1. Sede electrónica del SEPE:
    • Identificación mediante Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, certificado digital o DNI electrónico.
    • Acceso con número de referencia previamente obtenido.
  2. De forma presencial en las oficinas del SEPE:
    • Concertar cita previa.
    • Presentar la documentación necesaria y firmar la Declaración Anual de Rentas.

El requisito adicional es mantenerse inscrito como demandante de empleo. Esto quiere decir que debes renovar la demanda en los plazos establecidos, confirmando tu disponibilidad para el mercado laboral. Aquí mostramos una tabla ilustrativa con los valores de referencia a considerar:

ConceptoImporte en 2025
IPREM mensual600 euros
80% IPREM (subsidio mensual)480 euros
SMI mensual1.200 euros
75% del SMI (límite de ingresos)900 euros

Esta tabla resume los datos más relevantes para quienes dependen de esta ayuda, facilitando la comprobación de los ingresos propios.

Los otros requisitos fundamentales para evitar la suspensión definitiva de la ayuda por desempleo

Además de la Declaración Anual de Rentas, para mantener el derecho a cobrar el subsidio por desempleo a los mayores de 52 años, el Servicio Público de Empleo Estatal exige cumplir estas condiciones a los beneficiarios:

  • Haber agotado la prestación contributiva a partir del 1 de noviembre de 2024.
  • Estar inscrito como demandante de empleo y aceptar ofertas de trabajo.
  • Acreditar al menos seis años cotizados por desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Cumplir los requisitos para acceder a una pensión contributiva, salvo la edad.

Si se supera el límite de ingresos de forma temporal, existe la posibilidad de reanudar el subsidio cuando la renta vuelva a situarse por debajo de los 900 euros. Sin embargo, el plazo para regularizar la situación no puede sobrepasar los seis meses.

La Declaración Anual de Rentas es un trámite decisivo que no se puede posponer. De hecho, omitirla conlleva la suspensión del subsidio y, en última instancia, la pérdida definitiva de este derecho. Para evitarlo, conviene preparar con antelación la documentación y, ante cualquier duda, consultar directamente con el SEPE. Conoce más noticias relacionadas con prestaciones en nuestro periódico digital de Madrid.

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